Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_3214/233
- Ley
- LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 233
Artículo 233 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 233 fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que ya no tiene efecto, como si lo hubieran borrado. Por lo tanto, este artículo ya no existe ni se puede usar para nada legal. En pocas palabras, ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 233. Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.