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Ley
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
8

Artículo 8 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Jefatura de Gobierno, la Secretaría y las Alcaldías son las responsables de que este sistema funcione correctamente y de aplicar esta ley, su reglamento y los programas relacionados. Cada una de estas autoridades debe actuar dentro de lo que le corresponde según su propio trabajo y experiencia, pero siempre coordinándose y respetando lo que dicen otras leyes de la Ciudad de México. Básicamente, nadie se pasa encima de otro, sino que colaboran para que todo salga bien, cada quien en su área.

Texto oficial

Artículo 8. El funcionamiento del Sistema y la aplicación de la presente Ley, su Reglamento, los Programas y lineamientos en la materia, corresponden a la Jefatura de Gobierno, a la Secretaría y a las Alcaldías en su respectivo ámbito de competencia, en un marco de coordinación y respeto de sus atribuciones establecidas por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 5) ↗

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