Artículo 2 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que está al mando de la Secretaría (como un ministro o secretario de gobierno) va a tener un montón de equipos y áreas que le ayudarán a hacer su trabajo. Estas áreas incluyen subsecretarías, unidades especiales y direcciones generales, cada una encargada de temas distintos como el bienestar, la inclusión productiva, la atención a grupos prioritarios o las finanzas. También hay dos institutos separados, el de Desarrollo Social y el de Economía Social, que dependen de esta Secretaría pero tienen cierta autonomía. Además, hay delegaciones que se encargan de los programas de desarrollo en diferentes regiones. Por último, los detalles de cómo se organizan y qué hace cada área o equipo más pequeño, como coordinaciones o jefaturas, se explican en manuales especiales que la Secretaría tiene para eso.
Texto oficial
Artículo 2. Al frente de la Secretaría estará una persona titular quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de: I. Unidades administrativas: a) Subsecretarías: 1. De Bienestar, y 2. De Inclusión Productiva y Desarrollo Rural; b) Unidades: 1. De Coordinación de Delegaciones; 2. De Vinculación Interinstitucional; 3. Para la Atención de Grupos Prioritarios; 4. De Administración y Finanzas; 5. Del Abogado General y Comisionado para la Transparencia, y 6. De Planeación y Evaluación de Programas para el Desarrollo; c) Direcciones Generales: 1. De Desarrollo Regional; 2. De Comunicación Social; 3. De Vinculación Legislativa y con Gobiernos Locales; 4. Para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores; 5. Para el Bienestar de las Personas con Discapacidad; 6. Para el Bienestar de las Niñas, Niños y Adolescentes; 7. Para la Validación de Beneficiarios; 8. De Operación Integral de Programas; 9. De Seguimiento y Evaluación; 10. De Organización, Formación e Inclusión Productiva; 11. De Seguimiento y Logística para el Desarrollo Rural y Productivo; 12. De Instrumentación de Programas de Agroforestería; 13. De Vinculación y Estrategias de Programas de Desarrollo Rural; 14. De Control y Seguimiento de Delegaciones y Módulos de Atención; 15. De Operación Interinstitucional; 16. De Programación y Presupuesto; 17. De Recursos Materiales; 18. De Recursos Humanos; 19. De Tecnologías de la Información y Comunicaciones; 20. De Procesos y Estructuras Organizacionales; 21. De Asuntos Contenciosos; 22. De Normativa y Consulta; 23. De Monitoreo y Evaluación para el Desarrollo; 24. De Planeación y Análisis, y 25. De Padrones de Beneficiarios; II. Órganos Administrativos Desconcentrados: a) Instituto Nacional de Desarrollo Social, y b) Instituto Nacional de la Economía Social, y III. Delegaciones de Programas para el Desarrollo. La adscripción y funciones de las unidades subalternas de apoyo, que figuren en la estructura organizacional autorizada de la Secretaría, tales como coordinaciones, direcciones, subdirecciones de área y jefaturas de departamento, entre otras, serán establecidas en el Manual de Organización General de la Secretaría o, en su caso, en los manuales de organización, de procedimientos o de servicios al público de las unidades administrativas u órganos administrativos desconcentrados a los que se encuentren adscritas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.