- Ley
- LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 237
Artículo 237 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Varias dependencias del gobierno (como la Secretaría, Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente y las Alcaldías) van a ponerse de acuerdo para crear programas que organicen el tráfico cerca de las escuelas. El objetivo es que no haya tantos coches amontonados y se eviten accidentes viales. Para que funcione, van a invitar a los papás, maestros y alumnos a participar como voluntarios para ayudar en la entrada y salida de la escuela. También van a promover que los niños usen el transporte escolar en lugar de que los lleven en carro particular.
Texto oficial
Artículo 237.- La Secretaría en coordinación con Seguridad Ciudadana, la Secretaría de Medio Ambiente y las Alcaldías en el ámbito de sus atribuciones, establecerá programas de ordenamiento vial en entornos escolares con el fin de evitar congestionamientos y hechos de tránsito. Estos programas deberán involucrar de forma activa a la comunidad escolar a través de la participación de promotores voluntarios y de incentivar el uso del transporte escolar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.