Artículo 239 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú o una empresa quieren dar clases de manejo, primero deben pedir un permiso especial en la Secretaría correspondiente. Para obtenerlo, hay que cumplir con los requisitos que pida esa dependencia, pagar una cuota y tener un seguro de cobertura amplia. También es obligatorio seguir lo que dice el reglamento. Además, tu programa de enseñanza debe incluir clases teóricas sobre educación vial.
Texto oficial
Artículo 239.- Las personas físicas o morales que pretendan dedicarse a impartir cursos y clases de manejo, deberán obtener ante la Secretaría el permiso correspondiente, previo al cumplimiento de los requisitos establecidos por ésta, el pagoda derechos, contar con una póliza de seguros de cobertura amplia, así como cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento. Asimismo, deberán acreditar que en el contenido de su programa de enseñanza, se incluyen clases teóricas de educación vial. TÍTULO CUARTO DE LA VERIFICACIÓN, INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO I DE LA VERIFICACIÓN DEL TRANSPORTE PÚBLICO, LA INFRAESTRUCTURA E IMPACTO DE MOVILIDAD
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