Artículo 125 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 125 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Esto significa que ya no se aplica a ninguna situación ni persona.
Texto oficial
ARTÍCULO 125. Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.