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Artículo 64 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Queda cancelado el Capítulo V, que hablaba de las Visitadurías Generales. Esto significa que esa parte de la ley ya no existe ni se aplica, como si la hubieran borrado. En pocas palabras, ya no hay reglas especiales para las Visitadurías en este documento.

Texto oficial

ARTÍCULO 64.- Se deroga: CAPÍTULO V De las Visitadurías Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

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