Artículo 43 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Programa Operativo es como un plan de trabajo que el gobierno de la Ciudad de México puede usar para llevar a cabo sus programas y acciones diarias. También sirve para hacer el primer borrador del presupuesto, siempre y cuando no vaya en contra de las reglas que ponga la Subsecretaría para manejar el Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño. Además, se eliminan completamente el Capítulo II y todo lo que tenía que ver con cómo se implementaban estos sistemas.
Texto oficial
Artículo 43.- El Programa Operativo podrá ser utilizado para la ejecución de programas y acciones de la Administración Pública de la Ciudad de México. Así como para la formulación del anteproyecto de presupuesto, en su caso, sin que se contraponga con las disposiciones que emita la Subsecretaría para la implementación y operación del Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño. Se deroga Se deroga Capítulo II Implementación del Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño.
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