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Artículo 5 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que encabeza el gobierno de la Ciudad de México (el Jefe de Gobierno) puede usar un fideicomiso para administrar y pagar la deuda pública. Un fideicomiso es como un acuerdo donde se aparta dinero o bienes para un fin específico. En este caso, ese dinero puede ser una parte o todo lo que la Ciudad recibe del gobierno federal. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas que marca la Ley Federal correspondiente.

Texto oficial

Artículo 5.- Para la administración y pago de la deuda pública, la persona titular de la Jefatura de Gobierno, a través de la Secretaría, podrá constituir fideicomisos en los que afecte total o parcialmente las participaciones de la Ciudad de México en ingresos federales, en los términos y condiciones que establezca la Ley Federal de la materia. Capítulo II Del Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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