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Artículo 73 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la oficina del gobierno encargada de las finanzas) va a avisar a las dependencias (oficinas del gobierno), alcaldías y otras entidades cuánto dinero van a recibir. Cuando les diga la cifra final, ellas tendrán que ajustar sus gastos para que todo cuadre. Es obligatorio que hagan esos cambios. Si no lo hacen, la Secretaría los hará por su cuenta y los incluirá en el presupuesto final.

Texto oficial

Artículo 73.- Una vez que la Secretaría cuente con la cifra definitiva proyectada de ingresos, deberá comunicar a las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades los ajustes que deberán realizar a sus respectivos Anteproyectos de Presupuesto. La realización de los ajustes comunicados por la Secretaría será de carácter obligatorio. Para el caso de que no se realicen los ajustes, la Secretaría los implementará directamente e incorporará con oportunidad al Proyecto de Presupuesto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.