Artículo 16 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los derechos humanos deben ser la base de todo lo que hace el gobierno de la Ciudad. Esto incluye cómo se diseñan y evalúan los programas públicos, cómo se gasta el dinero y cómo se planea el futuro de la ciudad. Por lo tanto, todas las autoridades (como las que hacen leyes, las que gobiernan y las que juzgan) tienen la obligación de proteger y promover esos derechos en todo lo que hacen. Cada una debe hacerlo según lo que le toca y lo que dice esta ley. En pocas palabras, el gobierno debe poner los derechos humanos como prioridad en todas sus acciones.
Texto oficial
Artículo 16. Los derechos humanos son el fundamento para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en la Ciudad, así como para la planeación, programación, presupuestación y gestión de los recursos públicos; por lo tanto, los planes, programas, acciones y prácticas administrativas, legislativas y jurisdiccionales asegurarán el reconocimiento, la promoción, concreción, protección y defensa de los mismos, de conformidad con sus competencias y atribuciones; así como para el cumplimiento de la presente Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.