Artículo 21 del CÓDIGO DE ÉTICA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para fomentar que los servidores públicos actúen con honestidad, se va a crear un Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Interés. Este comité estará formado por un grupo de personas dentro de la Auditoría Superior, y sus reglas sobre cómo funcionar, quiénes lo integran y qué tareas tiene estarán escritas en un manual especial. En pocas palabras, es un equipo que se encargará de vigilar que nadie abuse de su puesto para beneficio propio.
Texto oficial
Artículo 21. Para la promoción de la ética en el Servicio Público se establecerá un Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Interés, cuya integración, organización, atribuciones y funcionamiento serán reguladas en el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Interés de la Auditoría Superior.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.