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Artículo 11 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades están obligadas a tomar medidas para prevenir delitos y reducir sus efectos. También deben ayudar a que tanto las víctimas como los responsables de los delitos puedan reintegrarse a la sociedad. Además, tienen que deshacer o decomisar los bienes de los criminales, para que esos recursos se usen en beneficio de la comunidad y no se queden abandonados. Por último, deben proteger y devolver a las víctimas todo lo que perdieron por el delito, como propiedades o dinero.

Texto oficial

Artículo 11. Las autoridades adoptarán medidas administrativas, presupuestales a fin de prevenir los riesgos que originan los delitos, mitigar sus consecuencias, rehabilitar a las víctimas, victimarios y aquellas personas que hubieren sido afectadas; desmantelar la estructura patrimonial de la delincuencia a fin de garantizar la reutilización social de los bienes asegurados que causen abandono en los términos de las disposiciones aplicables y de aquellos cuya extinción de dominio se declare en sentencia firme, así como la salvaguarda y restitución del patrimonio de las víctimas. Título Segundo Sistema de Seguridad Ciudadana

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.