Artículo 91 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los policías y policías de la Ciudad, cuando estén trabajando, tienen derecho a recibir asesoría legal gratis y, si es necesario, que un abogado los defienda sin costo. Esto aplica si alguien (un ciudadano o vecino) los demanda o denuncia por algo que hicieron mientras cumplían con su deber. También aplica si ellos mismos quieren denunciar agresiones o maltratos que hayan sufrido por parte de la gente, que les afecten su dignidad o su trabajo. Además, si un policía causa un daño a alguien por cumplir con su deber y tiene que pagar una indemnización (responsabilidad civil), la corporación policiaca a la que pertenece es responsable junto con él, es decir, responde por los daños de manera compartida.
Texto oficial
Artículo 91. Los cuerpos policiales y sus integrantes en funciones recibirán a través del órgano interno que se prevea en los reglamentos respectivos, asesoría y, en su caso, defensa jurídica en forma gratuita, siempre que los hechos controvertidos sean resultado del cumplimiento de su deber y la demanda o denuncia sea promovida por particulares o cuando los integrantes de las instituciones de seguridad ciudadana requieran ser asesorados para denunciar actos o agresiones cometidos en su contra por los ciudadanos o vecinos de la Ciudad, los cuales menoscaben su dignidad o les impidan el adecuado ejercicio de sus funciones. Cuando por el cumplimiento del deber incurran en responsabilidad civil, la institución a la que pertenezcan responderá solidariamente. Capítulo IV Servicio de Carrera Policial
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.