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Ley
LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
22

Artículo 22 de la LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las empresas crean un producto y su empaque, deben pensar cómo va a afectar a las personas y al medio ambiente desde que se fabrica hasta que se desecha. La prioridad es usar materiales que no tengan venenos, que no hagan daño, que se descompongan rápido y que sean fáciles de reciclar. También tienen que empacar solo lo necesario, sin exagerar con el plástico, cartón u otros materiales, para que no se genere tanta basura por el empaque.

Texto oficial

Artículo 22.- Al diseñar los productos y su embalaje, deben considerarse su influencia sobre los seres humanos y el entorno natural durante su ciclo de vida, y prioritariamente, se seleccionarán aquellos libres de toxinas, no dañinos, fácilmente degradables y con opciones sencillas de reciclaje. Las empresas deberán empacar sus productos de manera razonable para reducir el sobre uso de materiales de embalaje y reducir la generación de desperdicios derivados de embalaje.

Ver texto oficial de la LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 3) ↗

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