Artículo 38 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL VEHICULAR Y DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR EN EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene que enviar cada cierto tiempo a Seguridad Pública los reportes de los conductores que recuperaron puntos en su licencia mediante el Programa de Restitución de Puntos. Esto es para que Seguridad Pública sepa quiénes están en ese programa. Así pueden llevar el control de las licencias y saber si alguien debe ser suspendido o cancelado.
Texto oficial
Artículo 38. La Secretaría deberá remitir periódicamente a Seguridad Pública, los informes relativos a los titulares de la licencia de conducir, que obtengan los beneficios del Programa de Restitución de Puntos. TÍTULO CUARTO. CAPÍTULO I. DE LA SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DEL PERMISO PARA CONDUCIR.
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