Artículo 23 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En las juntas importantes, solo se pueden hablar de los temas que ya estaban anotados en la lista de pendientes desde antes. También solo pueden dar su opinión las personas que ya fueron elegidas en una reunión anterior. Esto evita que se discutan cosas de improvisto o que hable quien no debe.
Texto oficial
Artículo 23.- En las sesiones solemnes sólo podrán tratarse los asuntos que hayan sido incluidos previamente en el orden del día e intervenir los oradores que hayan sido designados en sesión previa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.