Artículo 77 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que ocupa la silla ciudadana tiene que respetar los tiempos que le den y portarse con respeto en la Sala de Sesiones. También debe seguir las reglas de comportamiento que el Concejo haya puesto para las sesiones y hacer caso inmediato cuando le pidan que guarde el orden. Los acompañantes (hasta dos personas) deben comportarse con respeto durante toda la sesión y no pueden hablar ni meterse mientras el ocupante está exponiendo. Si no se cumple con lo anterior, el Presidente del Concejo puede terminar la participación del ocupante de la silla ciudadana de inmediato.
Texto oficial
Artículo 77.- El ocupante de la silla ciudadana deberá, en todo momento, sujetarse a los tiempos establecidos y conducirse con respeto en la “Sala de Sesiones del Concejo”, cumplir con los lineamientos de comportamiento que el Concejo hubiese establecido para el desarrollo de las sesiones y atender de inmediato los exhortos y llamados al orden que se le hicieren. El o los dos acompañantes del ocupante de la silla ciudadana deberán guardar el debido respeto durante el desarrollo de la sesión y no podrán intervenir durante la exposición. En caso contrario, el Presidente del Concejo dará por terminada la participación del ocupante de la silla ciudadana.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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