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Artículo 31 de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fondo, con la autorización del Consejo (el grupo que toma las decisiones), puede crear subfondos, que son como "alcancías" especiales para proyectos específicos. Estos subfondos se usan para hacer más competitiva a la Ciudad, cambiar la forma de producir para generar más empleo, y mejorar el ambiente para hacer negocios. También sirven para apoyar la economía del conocimiento (como el uso de tecnología e innovación), ayudar a crear y crecer micro, pequeñas y medianas empresas y cooperativas. En resumen, se pueden usar para promover inversiones entre el gobierno y empresas privadas que beneficien a la sociedad.

Texto oficial

Artículo 31.- El Fondo, a petición del Consejo, podrá constituir subfondos para: I. Mejorar la competitividad de la Ciudad; II. La transformación productiva que impulse la competitividad y el empleo; III. Mejorar el ambiente de negocios; IV. El tránsito hacia una economía basada en el conocimiento; V. El impulso a la creación y desarrollo de micro, pequeñas, medianas empresas y cooperativas; y VI. En general, promover las inversiones público-privadas que produzcan beneficios sociales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.