Artículo 21 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las alcaldías tendrán que crear formas para mantener segura a la gente y resolver conflictos pequeños en su zona, según lo que más les sirva a los vecinos. Eso sí, deben coordinarse con los planes de seguridad que ya tenga el gobierno de la ciudad. Básicamente, cada alcaldía puede proponer sus propias reglas para la seguridad y la sana convivencia, pero siempre conectadas con lo que dice el gobierno local. Nada de andar inventando por su cuenta sin tomar en cuenta a las autoridades.
Texto oficial
Artículo 21. Las alcaldías establecerán mecanismos de seguridad ciudadana y justicia cívica acorde a sus necesidades, mismo que deberán coordinarse con los instrumentos que al efecto establezca el Gobierno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.