Artículo 31 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que está al mando del Gobierno de la Ciudad de México (la Jefa o Jefe de Gobierno) va a armar un grupo especial llamado Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia. Este grupo se encarga de planear, organizar y revisar cómo funcionan las estrategias de seguridad en la ciudad. Todo lo que hagan debe seguir lo que dice el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México y el Programa de Gobierno, además de otros programas que salgan de ahí. Básicamente, es como un equipo de trabajo que se asegura de que las reglas y planes de seguridad se cumplan bien.
Texto oficial
Artículo 31. La persona Titular de la Jefatura de Gobierno constituirá el Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia con la finalidad de establecer estrategias de planeación, programación, organización coordinación y evaluación de la política en materia de seguridad ciudadana conforme a los lineamientos del Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México, del Programa de Gobierno de la Ciudad de México, así como los demás programas que deriven de éstos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.