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Artículo 15 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 15 dice que, cuando sea posible y no salga muy caro, la persona que gobierna la Ciudad de México (la Jefa o Jefe de Gobierno) debe promover la creación de mercados donde se puedan vender o reusar los desechos. En esos mercados, los que producen, distribuyen, venden y compran productos van a colaborar para darle un nuevo uso a los materiales y cosas que se vuelven basura. La idea es que no todo termine en el basurero, sino que se aproveche lo que se pueda reciclar o reutilizar. Esto lo hacen a través de las autoridades indicadas, como las secretarías o dependencias encargadas del medio ambiente.

Texto oficial

Artículo 15.- En aquellos casos en que sea técnica y económicamente factible, la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a través de las autoridades competentes, promoverá la creación de mercados de subproductos que establezcan mecanismos que involucren la participación de los productores, distribuidores, comercializadores y consumidores en la valorización de los materiales y productos que se conviertan en residuos sólidos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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