LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica en toda la Ciudad de México y es obligatoria para todos. Su objetivo es establecer reglas claras sobre cómo manejar la basura que no es peligrosa, como los residuos de tu casa o negocio. También se encarga de organizar el servicio de limpieza pública, como la recolección de basura que hace el camión. Como es de orden público, nadie puede ponerse de acuerdo para no cumplirla, y busca beneficiar a toda la sociedad.
- Art. 2Este artículo dice que, si la ley principal no menciona un caso específico, se pueden usar otras leyes o reglamentos para resolverlo. Es como cuando no encuentras una respuesta en un manual, pero puedes buscar en otros libros relacionados. Esas otras reglas se aplican como "apoyo" para llenar los vacíos. Básicamente, todas las leyes que tengan que ver con el mismo tema sirven para complementar esta.
- Art. 3Este artículo solo define palabras clave que se usan en la ley para que todos entendamos lo mismo. Por ejemplo, "acopio" es juntar basura en un lugar adecuado para luego recogerla o tratarla, mientras que "almacenamiento" es guardarla temporalmente en contenedores antes de que la recojan. "Valorización" significa sacarle provecho a los materiales de la basura, como reciclarlos, reusarlos o repararlos para que vuelvan a usarse en la economía. También te explica qué es algo "biodegradable" (que se descompone solo por microbios) o "compostable" (que se convierte en tierra en unos meses). En pocas palabras, esto es como el diccionario de la ley para que sepas de qué habla cuando menciona estos términos.
- Art. 4Este artículo dice que hay varias autoridades que se encargan de hacer cumplir esta ley en la Ciudad de México. Cada una tiene que trabajar según lo que diga la ley, su reglamento y otras reglas que le correspondan. Las autoridades que pueden aplicar la ley son: la o el Jefe de Gobierno, la Secretaría de alguna dependencia (como la de Obras, Servicios o Salud), la Procuraduría y las Alcaldías. En pocas palabras, son los diferentes niveles del gobierno local los que tienen la responsabilidad de vigilar que se cumpla lo que aquí se establece.
- Art. 5El o la Jefa de Gobierno es quien tiene la última palabra en cómo se maneja la basura en la Ciudad de México. Se encarga de que el servicio de limpia (barrer calles, recoger desechos) funcione bien a través de las oficinas del gobierno que correspondan. También es su responsabilidad aprobar el plan oficial para manejar toda la basura, siguiendo las reglas de planeación de la ciudad. Además, puede hacer nuevos reglamentos sobre el tema, firmar acuerdos con otros estados o el gobierno federal, y proponer cuánto se debe pagar por este servicio en el Código Fiscal.
- Art. 6Este artículo dice que la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) tiene varias responsabilidades. Entre ellas, debe incluir las reglas sobre basura en las políticas ambientales y también vigilar que se cumplan. También tiene que hacer y revisar un plan para manejar toda la basura, coordinarse con otras dependencias para evitar que la basura contamine el suelo, y dar su opinión sobre cómo se diseñan y cierran los lugares donde se procesa o tira la basura. Además, debe llevar un registro de cuánta basura se genera y de dónde viene, promover tecnologías para contaminar menos, y firmar acuerdos con empresas y grupos para cumplir la ley.
- Art. 7La Secretaría de Obras y Servicios es la dependencia encargada de todo lo relacionado con la basura en la Ciudad de México. Esto incluye planear, organizar y supervisar el barrido de calles principales, la recolección de residuos, su traslado y finalmente cómo se tratan o desechan. También puede construir y mantener instalaciones como estaciones de transferencia (donde se concentra la basura) o plantas de reciclaje, y hasta limpiar suelos contaminados por actividades de manejo de residuos. Además, tiene la facultad de inspeccionar que se cumplan las leyes de basura, imponer multas o sanciones si alguien las viola, y coordinar con otros estados cuando los residuos se mueven entre territorios.
- Art. 8La Secretaría de Salud de la Ciudad de México tiene la tarea de decirle a la gente cómo manejar la basura para que no se enfermen. También, junto con otras dos oficinas del gobierno (la Secretaría y la de Obras), puede ordenar medidas de seguridad para evitar que los residuos dañen la salud de todos. Esto aplica desde que juntas la basura, la guardas, la procesas y hasta que la tiras en su lugar final.
- Art. 9La Procuraduría es la oficina encargada de recibir las quejas que cualquier persona le presente cuando alguien viole o no cumpla con lo que dice esta ley. Si tú ves que algo no se está haciendo como debe ser, puedes ir a denunciarlo ahí. Ellos tienen que revisar tu queja y darle el trámite que marca su propia ley de funcionamiento. En pocas palabras, es el lugar al que puedes acudir si sientes que no se está respetando lo que esta ley ordena.
- Art. 10El artículo 10 dice que las Alcaldías (las oficinas de gobierno de cada zona de la Ciudad de México) tienen varias responsabilidades sobre la basura. Por ejemplo, deben planear, hacer y vigilar la limpieza de calles secundarias y áreas comunes, y también recoger la basura y llevarla a los lugares adecuados. Además, tienen que acabar con los tiraderos clandestinos (lugares donde la gente tira basura sin permiso), enseñar a la gente a separar y reciclar residuos, y poner botes de basura en espacios públicos. También deben atender las quejas de los vecinos sobre el servicio de limpia y organizar todo lo necesario, como las rutas y horarios de los camiones recolectores.
- Art. 10 BisEl Jefe de Gobierno debe crear un grupo especial llamado Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos. Este grupo se encarga de coordinar y revisar todo lo que hace el gobierno de la Ciudad de México con la basura, desde que se genera hasta que se desecha o recicla. La Comisión la preside el propio Jefe de Gobierno, y la forman los jefes de varias dependencias como Medio Ambiente, Obras, Salud y Educación. También pueden invitar a diputados del Congreso local, pero solo para dar su opinión, no para votar. Cada miembro de la Comisión debe mandar a un representante con puesto de Director General, quien tendrá voz y voto en las juntas. Además, si hace falta, pueden invitar a expertos, universidades o grupos sociales para que den su consejo, pero sin poder de decisión. Si el Jefe de Gobierno no puede asistir a una reunión, alguien más toma su lugar. Los representantes de cada dependencia sirven como enlace para que los acuerdos se cumplan bien y rápido. Entre las tareas principales de la Comisión está proponer reglas y formas de trabajo para que todas las áreas del gobierno manejen la basura de manera coordinada. También pueden sugerir estrategias para resolver el problema de los residuos a nivel metropolitano, trabajando con otras autoridades.
- Art. 11La Secretaría, junto con la Secretaría de Obras y Servicios y tomando en cuenta la opinión de las delegaciones, va a diseñar y revisar un plan para manejar toda la basura. Este plan incluirá reglas, acciones y objetivos para tratar los residuos sólidos y dar el servicio de limpia pública, siguiendo estos puntos: 1. Buscar que se genere menos basura, que se pueda reusar o reciclar, que se separe desde su origen, que se recolecte y transporte por separado, y que se le dé un buen tratamiento y destino final. 2. Reducir la cantidad de basura que termina en tiraderos. 3. Tomar medidas de prevención cuando haya evidencia científica de que la basura puede dañar la salud o el ambiente, considerando si sale más caro hacer algo o no hacer nada. 4. Evitar que se suelten residuos que puedan perjudicar la salud o el ambiente, y que los contaminantes no pasen de un lugar a otro. 5. Asegurar que haya la infraestructura necesaria para manejar la basura de forma ecológica. 6. Fomentar la cultura ambiental, la educación y la capacitación, y que participen la sociedad, las empresas y los trabajadores para manejar, reusar y reciclar los residuos. 7. Hacer que productores, distribuidores y consumidores compartan la responsabilidad de reducir la basura y paguen por su manejo. 8. Que las personas, las organizaciones civiles y el sector privado participen activamente en el manejo de los residuos. 9. Coordinar las políticas de uso del suelo y ecológicas con el manejo de la basura, identificando lugares adecuados para poner instalaciones. 10. Generar, organizar y dif
- Art. 11 BISEste artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no se aplica ni tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él ni tampoco te afecta de ninguna forma.
- Art. 12La Secretaría de Obras y Servicios y las delegaciones (que son como las alcaldías) son las encargadas de hacer, poner en marcha y revisar los programas de limpieza en sus zonas. Estos programas deben seguir el Plan General para Manejar la Basura, además de lo que dice esta ley, su reglamento y otras reglas. Cuando creen estos planes de limpieza, las autoridades tienen que invitar a la gente a participar y dar su opinión. Básicamente, el gobierno no puede hacer los planes de limpia solo, sino que debe tomar en cuenta lo que opine la ciudadanía.
- Art. 13La Secretaría de Obras y Servicios, cuando haga su plan de cómo va a dar el servicio de limpia (como recoger la basura), debe tomar en cuenta lo que dice esta Ley, su reglamento y las reglas oficiales de todo México. También tiene que seguir las normas ambientales de la Ciudad de México, el plan de manejo de basura que ya exista, y los lineamientos técnicos para ofrecer un buen servicio de limpia. Además, debe revisar otras leyes que tengan que ver con el tema. En pocas palabras, no puede inventar nada, sino basarse en todo lo que ya está establecido para hacer bien su trabajo.
- Art. 14La Secretaría de Obras y Servicios, junto con otras dependencias del gobierno, va a ofrecer apoyos económicos (como descuentos o pagos) a las personas que ayuden a reducir la basura, reusen cosas, reciclen o inviertan en tecnología para manejar mejor los residuos. También aplica para quienes usen métodos que mejoren la forma en que se trata toda la basura. Esto es para que más gente se anime a cuidar el medio ambiente y manejar los desechos de manera más responsable.
- Art. 15El artículo 15 dice que, cuando sea posible y no salga muy caro, la persona que gobierna la Ciudad de México (la Jefa o Jefe de Gobierno) debe promover la creación de mercados donde se puedan vender o reusar los desechos. En esos mercados, los que producen, distribuyen, venden y compran productos van a colaborar para darle un nuevo uso a los materiales y cosas que se vuelven basura. La idea es que no todo termine en el basurero, sino que se aproveche lo que se pueda reciclar o reutilizar. Esto lo hacen a través de las autoridades indicadas, como las secretarías o dependencias encargadas del medio ambiente.
- Art. 15 BisLa Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México va a promover un programa para que los vecinos puedan intercambiar su basura (residuos sólidos) por productos del campo, como frutas o verduras, que vengan de agricultores autorizados. Para que esto funcione, trabajará con otras dependencias del gobierno, como Obras y Servicios, Desarrollo Económico y las Alcaldías, para fijar las reglas y cómo hacerlo. La idea es que este intercambio ayude a reutilizar más la basura, le saque provecho económico a la gente que participe y fomente un consumo que no dañe al medio ambiente. Además, la Secretaría tiene que hacer y mantener actualizada una lista de los productos que se podrán canjear por la basura que entregues en los lugares que se designen.
- Art. 16Las escuelas, universidades y cualquier organización educativa que dependa del gobierno de la CDMX, o que esté registrada legalmente, deben poner en marcha métodos para enseñar a manejar la basura de forma completa. Esto incluye promover que la gente separe los residuos en distintos botes según su tipo (como orgánico, plástico o papel) y darles un nuevo uso, como reciclarlos o convertirlos en composta. En pocas palabras, las instituciones educativas tienen la responsabilidad de crear programas que enseñen a reducir, separar y aprovechar los desechos.
- Art. 17La Secretaría de Medio Ambiente y sus oficinas en los estados deben hacer campañas frecuentes para que la gente aprenda a separar la basura, a reducir lo que tira, a hacer que los residuos sean menos peligrosos y a darles un nuevo uso. Esto significa que tienen que insistir en que ya es obligatorio separar los desperdicios y buscarle provecho, como reciclar o reutilizar.
- Art. 18Este artículo dice que las autoridades como la Secretaría de Medio Ambiente, la de Obras y Servicios y las delegaciones deben invitar a todos los sectores (ciudadanos, empresas, escuelas) a participar en el tema de la basura. Ellas tienen que apoyar la creación de grupos donde diferentes partes trabajen juntas para diseñar y aplicar programas sobre residuos sólidos. También deben compartir información y promover actividades de educación ambiental para que todos aprendan a manejar mejor la basura. Además, pueden impulsar proyectos de prueba para obtener ideas que ayuden a mejorar estos programas. Por último, pueden hacer otras acciones que indique el reglamento de esta ley.
- Art. 19Las autoridades que menciona la ley (las del artículo 4) deben organizar y compartir con la gente toda la información que consiguen sobre basura y residuos sólidos, así como sobre los servicios de limpia que ofrecen. Esa información la tienen que poner a tu alcance usando los medios que ya establece la Ley Ambiental. Pero ojo: si hay datos que otras leyes protegen como confidenciales (por ejemplo, secretos personales o empresariales), esos no se publican. En pocas palabras, tienes derecho a saber cómo manejan la basura y la limpia en tu zona, siempre y cuando no sea información privada que deba reservarse.
- Art. 20La Secretaría le va a pedir de vez en cuando a la autoridad federal toda la información que necesite sobre cómo se manejan y transportan los residuos peligrosos dentro de la Ciudad de México. Después, esa información la va a guardar en el Sistema de Información Ambiental, que es como una base de datos oficial sobre el medio ambiente.
- Art. 21Este artículo dice que si tú generas basura, eres dueño de ella y también responsable de lo que pase con ella. Tienes que encargarte de manejarla bien desde que la generas hasta que la entregas al camión de la basura, la pones en un contenedor autorizado o la llevas a un lugar que el gobierno diga que está bien para tirarla. Si por tu basura ocurre algún problema o daño, tú eres el responsable hasta ese momento.
- Art. 22El Artículo 22 dice que, para evitar que se produzca demasiada basura y para manejarla mejor, las autoridades van a crear reglas especiales. Esas reglas van a servir para que los grandes generadores de basura (como fábricas o tiendas grandes) hagan un plan sobre cómo reducir y tratar sus residuos. Además, el gobierno va a publicar guías y pasos a seguir para que estos generadores sepan exactamente qué hacer. Todo esto se va a incluir en el reglamento, que es como el manual detallado de la ley.
- Art. 23Si eres una persona o empresa que fabrica, maneja o vende productos que generan mucha basura, residuos peligrosos o que dañan el ambiente cuando ya no sirven, tienes obligaciones extras además de las que marca el reglamento. Debes hacer un plan para manejar esos residuos desde que los produces, dándole prioridad a reducir la basura, reusar o reciclar, y que el menor daño posible al ambiente. También tienes que instalar sistemas para recuperar o recolectar los residuos de tus productos después de que los clientes los usen, y usar envases y empaques que se puedan reutilizar o reciclar. Por último, debes cumplir con todas las normas ambientales que emita la Secretaría.
- Art. 24Este artículo dice que todas las personas (tú como individuo) y las empresas (como un negocio o una compañía) en la Ciudad de México tienen obligaciones con la basura. Tienes que separar la basura en orgánica e inorgánica, y tratar de generar menos desperdicios. También debes barrer la banqueta frente a tu casa o negocio todos los días, y mantener limpios los terrenos que sean tuyos aunque no tengan construcción. Si haces obras, los escombros los debes entregar a un servicio autorizado para que los recoja, no los puedes tirar en la calle. Además, tienes que guardar la basura en botes o bolsas que sigan las reglas de salud, y si ves que alguien infringe la ley, puedes reportarlo a las autoridades.
- Art. 25Este artículo prohíbe varias cosas relacionadas con la basura para mantener limpio el entorno. No puedes tirar desperdicios en la calle, parques, barrancas o terrenos baldíos, ni dejar animales muertos donde no sea un lugar autorizado. También está prohibido quemar basura al aire libre, revolver residuos peligrosos con agua y tirarlos al drenaje, o hacer basureros clandestinos. Además, ya no se pueden dar bolsas de plástico comunes en las tiendas (solo las compostables), ni usar cubiertos, popotes, platos o vasos de plástico de un solo uso, excepto los que sean compostables o necesarios por higiene.
- Art. 26Los dueños, arquitectos, contratistas y encargados de construcciones o demoliciones son igualmente responsables si los escombros, basura o residuos sólidos se esparcen o se mezclan con otros desperdicios, sean orgánicos o peligrosos. El frente de la obra o demolición debe estar siempre limpio, y está prohibido guardar escombros o materiales en la calle. Los responsables tienen que llevar los escombros en camiones adecuados para que no se rieguen, y llevarlos a los lugares que indique la Secretaría de Obras y Servicios. Además, deben tener un contrato vigente con una planta de reciclaje para procesar esos residuos, y mostrarlo a la Secretaría y a la Alcaldía para obtener los permisos de construcción o demolición. Por último, todos los residuos de la obra, como los de modificar, reparar o demoler, deben separarse desde el inicio y manejarse con un Plan de Manejo, según lo que diga la ley.
- Art. 26 BISTodas las bolsas de plástico que te den en una tienda o negocio, ya sea gratis o pagando, y que uses para cargar tus compras, deben cumplir con reglas ecológicas que están en la ley. Esas reglas buscan que los productos no dañen el ambiente. Los fabricantes, vendedores y quienes usan esas bolsas tienen que ayudar a reciclarlas o darles otro uso, participando en los programas que ponga el gobierno. El artículo 26 BIS1 ya no es válido, así que no importa.
- Art. 26 TerLa Secretaría va a crear sistemas para que podamos saber de dónde salen, por dónde pasan y dónde terminan los escombros y desechos de obras como casas o edificios. Esto ayuda a rastrear esos residuos, como cuando le pones un chip a un paquete para seguirle el rastro. Así se puede evitar que los tiren en lugares prohibidos, como la calle o terrenos baldíos. En pocas palabras, el gobierno quiere tener controlados todos esos materiales para que no contaminen.
- Art. 27La Secretaría va a hacer y mantener un inventario (una lista detallada) de todos los residuos sólidos (basura) y de dónde vienen, como casas, fábricas o negocios. Esto sirve para cuatro cosas: primero, ayudar a tomar decisiones para evitar que se genere tanta basura o controlarla. Segundo, darles información a quienes manejan la basura (como quienes la generan, juntan o tratan) sobre sus características físicas, para que sepan cómo se va a comportar en el ambiente. Tercero, explicar la relación entre las propiedades de la basura (químicas, físicas o biológicas) y el riesgo que tiene de dañar tu salud, el ambiente o tus cosas, dependiendo de su cantidad y cómo la manejes. Y cuarto, identificar quiénes generan la basura, de qué tipo es, de qué materiales está hecha y si se puede aprovechar (por ejemplo, reciclando).
- Art. 28Este artículo dice que, para hacer el inventario de residuos del que habla la ley anterior, se deben clasificar los desechos sólidos según sus características. Por ejemplo, pueden ser inertes (que no se descomponen), fermentables (que se pudren), o volátiles (que se evaporan fácilmente). También pueden ser solubles (que se disuelven), dañinos para el suelo o el agua, o que se quedan mucho tiempo en el ambiente sin desaparecer. Así se ordena la basura para saber qué tan riesgosa o difícil de manejar es.
- Art. 29La ley divide la basura en dos tipos: la que generas en tu casa o negocio (residuos urbanos) y la que necesita un cuidado especial, como escombros o llantas, pero que no son tóxicos. Estos últimos son responsabilidad del gobierno de la Ciudad de México. En pocas palabras, lo que tiras a la basura normal y lo que requiere un trato aparte.
- Art. 30Los residuos urbanos son la basura que se genera en casas, colonias y espacios públicos, como calles, parques y jardines. Incluye desde la comida que tiras hasta las hojas y ramas que se juntan al barrer áreas verdes. La ley los define en otra parte como todo desperdicio que no sea peligroso o industrial. Básicamente, es la basura que todos producimos en la vida diaria y que recolecta el camión de limpia.
- Art. 31Este artículo explica qué tipo de basura o desechos en la Ciudad de México se consideran "residuos de manejo especial". Esto incluye cosas que no son venenosas o peligrosas según las leyes federales, pero que necesitan un trato especial por su tamaño o materiales. Por ejemplo, entran aquí los desechos de hospitales o clínicas (como jeringas o vendas), la comida o cosméticos caducados de tiendas, los escombros de construcciones o demoliciones, y muebles viejos o llantas usadas. También aplica para residuos de granjas o ranchos, lodos de drenaje, aparatos electrónicos viejos, y basura de laboratorios. Si no aparece en esta lista, el reglamento de la ciudad puede agregar otros tipos más adelante.
- Art. 32Los residuos de manejo especial son basura que no es peligrosa ni de la casa, como llantas, pilas o escombros. Quienes los generan (empresas, fábricas) deben crear un plan para manejarlos, tratarlos y desecharlos, y ese plan necesita la aprobación de la Secretaría de Medio Ambiente. El plan debe incluir acciones para que los residuos se manejen correctamente, y si es posible, un programa para recogerlos después de usarlos. Además, la Secretaría hará campañas para que todos sepamos cómo evitar generar esta basura y no contaminar.
- Art. 32 BisEste artículo dice que, para cualquier obra de construcción, ya sea del gobierno o privada, tienes que usar materiales reciclados que vengan de los escombros y sobrantes de otras construcciones. Además, es obligatorio juntar y llevar todos los residuos que genera tu obra a los lugares autorizados por el gobierno de la Ciudad. Todo esto lo tienes que hacer siguiendo las reglas ambientales que ya están marcadas para la ciudad. En pocas palabras, no puedes tirar los escombros en cualquier lado y debes aprovechar al máximo lo que se pueda reciclar.
- Art. 33Todos los que generamos basura, ya sea en casa, en la oficina, en la escuela o en cualquier negocio, tenemos la obligación de separarla en dos tipos: orgánica (como cáscaras de fruta o sobras de comida) e inorgánica (como plásticos, vidrio o latas). Además, hay que poner cada tipo en un contenedor diferente para que el camión de la basura pueda recogerlos por separado. Esto se hace para que sea más fácil aprovechar los residuos, tratarlos o reciclarlos. Si tienes basura que se pueda reusar o reciclar, también puedes llevarla directamente a los lugares que la reciben. Las reglas más detalladas sobre cómo clasificar los residuos las va a definir el reglamento de esta ley.
- Art. 33 BisLa Secretaría y las Alcaldías están obligadas a separar la basura en dos tipos: orgánica (como cáscaras de fruta o restos de comida) e inorgánica (como plásticos o vidrios), y luego recogerla por separado según las reglas que pongan las autoridades. El gobierno de la Ciudad de México debe hacer campañas para enseñar a la gente cómo separar bien los residuos en cada alcaldía. Además, la Secretaría, junto con la Secretaría de Obras y la Alcaldía, deben motivar a escuelas, empresas, tiendas, fábricas y oficinas del gobierno a que también separen su basura usando este mismo sistema de recolección por tipo de residuo.
- Art. 34El artículo dice que la Secretaría de Obras y los gobiernos de cada alcaldía deben poner en marcha sistemas para separar la basura desde que la tiras, así como para aprovecharla, tratarla y desecharla correctamente, según las reglas del programa oficial. También indica que los botes y contenedores que pongan en la calle deben estar claramente diferenciados para que puedas separar la basura en orgánica (como cáscaras y sobras de comida) e inorgánica (como plásticos o vidrios). Además, las autoridades tienen que coordinarse para colocar, en parques y jardines, contenedores especiales donde puedas tirar las heces de perros y otras mascotas.
- Art. 35Este artículo dice que los residuos de manejo especial (como llantas, pilas o escombros) deben separarse desde donde se generan, como en una casa o empresa, igual que en los lugares donde los procesan. La separación tiene que hacerse siguiendo las reglas que ya marca la ley. El chiste de separarlos es poder identificar cuáles se pueden aprovechar o reciclar, en lugar de solo tirarlos.
- Art. 36La limpieza de las calles y la recolección de basura en la Ciudad de México es un servicio que el gobierno está obligado a darte. Este servicio lo manejan la Secretaría de Obras y Servicios y las Alcaldías, cada quien en su zona, siguiendo las reglas de esta ley. Incluye dos cosas: barrer calles, áreas comunes y avenidas, y recoger la basura; además de transportarla, reciclarla o tratarla y llevarla a su destino final.
- Art. 36 BisEste artículo dice que solo las autoridades de las Alcaldías de la Ciudad de México pueden hacer el servicio de limpia, como barrer las calles y pasar a recoger la basura de las casas. Ninguna persona o empresa que no esté registrada y autorizada por la Secretaría correspondiente puede ofrecer o hacer esas actividades. Si alguien lo hace sin permiso, se meterá en problemas y recibirá una multa o castigo según lo que marca la ley.
- Art. 36 QuaterLas personas o negocios que generan mucha basura (como fábricas o centros comerciales) tienen tres opciones para deshacerse de sus residuos. Primero, pueden contratar a una empresa autorizada por el gobierno para que recoja la basura, y esa empresa debe pagar los impuestos correspondientes si usa instalaciones del gobierno. Segunda opción: pueden transportar la basura por su cuenta, pero deben pagar los impuestos establecidos y seguir las reglas de traslado. Tercera opción: pedirle directamente a la Alcaldía o a la Secretaría de Obras y Servicios que recoja la basura, pagando siempre los impuestos indicados en el Código Fiscal de la Ciudad de México. Además, la Secretaría de Obras y Servicios puede encargarse de la limpieza de calles, recolección de basura y otras tareas relacionadas usando su propio personal y equipo, o contratando empresas especializadas para hacer el trabajo. Por último, si surge algún problema o situación de emergencia relacionada con la limpieza pública que no esté contemplada en la ley, las autoridades correspondientes o una comisión especial tienen la facultad de resolverlo.
- Art. 36 TerEl artículo 36 Ter dice que hay empresas que no tienen que cumplir con lo que dice el artículo 36 Bis. Esas empresas son las que ya están registradas y al corriente en un listado oficial de la Secretaría, y que se dedican a juntar basura de negocios grandes, residuos peligrosos especiales o escombros de construcción. Para que estén exentas, tienen que comprobar cada mes que están manejando bien la basura que recolectan, transportan, tratan y desechan. Así la autoridad verifica que su trabajo no dañe el medio ambiente y siga las reglas.
- Art. 37Este artículo dice que las empresas o el gobierno que dan el servicio de recolección de basura deben seguir al pie de la letra lo que marca la Ley, el reglamento y los programas oficiales. También tienen la obligación de explicarles claramente esas reglas tanto a sus empleados como a las personas que reciben el servicio. Además, deben tener planes para actuar rápido y de manera segura si ocurre una emergencia o un riesgo relacionado con la basura, todo siguiendo las leyes que correspondan.
- Art. 38Si generas basura en tu casa o departamento, tienes que entregarla al camión de la basura o al servicio de limpia de tu colonia. Para las casas, departamentos, unidades habitacionales y negocios chiquitos que pagan poco impuesto, la recolección es gratis. Pero si tienes un negocio grande, fábrica, tianguis, mercado, centro comercial o dependencia del gobierno que produce mucha basura, entonces sí tienes que pagar una cuota por el servicio de recolección, según lo que diga el Código Fiscal de la Ciudad de México.
- Art. 39Los camiones que recogen la basura, y también los que llevan esa basura a plantas donde la separan o la tiran al final, deben tener contenedores especiales para cada tipo de residuo, como lo marca la ley de separación de basura.
- Art. 40Las delegaciones (alcaldías) deben poner botes de basura separados para cada tipo de residuo, siguiendo lo que dice esta ley. Los van a colocar en lugares donde sea difícil acceder o donde mucha gente los necesite, y después pasarán a recogerlos. Nadie puede sacar basura de esos botes; si lo haces, te multan y te llevan ante las autoridades. Además, si tú generas basura, tienes la obligación de llevarla hasta el punto de recolección que te indiquen. Si no lo haces, te van a infraccionar (poner una multa).
- Art. 41Las delegaciones (las oficinas que administran tu colonia o zona) tienen que poner botes de basura en calles y espacios públicos para que separes los residuos según el tipo (orgánico e inorgánico). La cantidad y tamaño de esos botes debe ser la adecuada para lo que se necesite en cada lugar. También están obligadas a darles mantenimiento a los botes y a recoger la basura de forma constante y sin interrupciones. Todo esto debe hacerse siguiendo lo que diga el reglamento y el programa de limpia de la ciudad.
- Art. 42Este artículo dice que los botes de basura de tu casa o negocio deben estar guardados dentro de tu propiedad, no en la calle. Solo los puedes sacar a la banqueta o al área común el día y la hora que pasa el camión de la basura, y justo para que los vacíen. Además, los botes tienen que ser del tamaño y la cantidad que necesites para que no se acumule la basura, y deben estar limpios y en buen estado para que no haya riesgos de salud o accidentes, tal como lo marca la Ley de Salud de la Ciudad de México.
- Art. 42 BisSi trabajas manejando residuos en la Ciudad de México, necesitas un permiso especial de la Secretaría para hacerlo legalmente. Si no tramitas esa autorización y te cachan trabajando sin ella, te pueden aplicar medidas de seguridad o multas. Básicamente, no puedes andar recolectando o manejando basura sin antes tener el permiso de las autoridades.
- Art. 42 TerSi eres una empresa de otro estado que viene a recoger basura privada en la Ciudad de México, tienes que inscribirte en un registro oficial ante la Secretaría correspondiente. Además, debes entregar tu plan de manejo de residuos, es decir, explicar cómo vas a transportar, tratar o deshacerte de la basura. Ese plan lo tienes que presentar en los formatos que la misma autoridad te pida. En pocas palabras, no puedes llegar a operar sin antes avisar y darles los papeles que te soliciten.
- Art. 43La Secretaría de Obras y Servicios es la encargada de diseñar cómo se van a manejar los residuos sólidos (basura) en cada delegación de la Ciudad. Esto incluye cómo se recolecta, separa y trata la basura, y deben construir suficientes lugares para procesarla según la cantidad que se genere en cada zona. También tienen que asegurarse de que haya suficiente personal para hacer todo este trabajo.
- Art. 44El artículo 44 dice que no cualquiera puede entrar a los lugares donde se maneja la basura, como las estaciones de transferencia o las plantas donde se separan y tratan los residuos. Solo pueden pasar personas o vehículos autorizados, según lo que digan el Reglamento y las normas ambientales. Además, esos lugares no deben usarse para guardar basura de forma permanente, solo de paso mientras se le da su tratamiento adecuado.
- Art. 45El artículo 45 dice que, para que funcionen bien los lugares donde se maneja la basura (como estaciones donde se junta, plantas donde se separa o trata, y centros donde se hace composta), deben cumplir con lo siguiente: - Tener personal capacitado que sepa identificar si los residuos son peligrosos y cómo manejarlos de forma segura para el ambiente. - Contar con un plan para actuar rápido en caso de emergencias o accidentes con la basura. - Llevar un registro (como un cuaderno o bitácora) con los datos de los residuos que llegan: de qué tipo son, cuánto pesan o su volumen, a dónde se van y las fechas en que entran y salen. - Tener un espacio especial para separar y guardar temporalmente la basura, por el tiempo que marquen las reglas. - Cumplir con los demás requisitos que pongan el reglamento y las normas oficiales.
- Art. 46Las plantas de la Ciudad de México que separan y tratan la basura deben tener tecnología moderna para convertir los residuos en energía limpia y renovable. También tienen que contar con básculas para pesar la basura y sistemas para llevar un registro de lo que entra. Además, deben controlar el ruido, los olores y el polvo que salga, para que no afecten el medio ambiente ni la salud de las personas. Todo esto es para manejar la basura de forma completa y sin dañar a nadie.
- Art. 47El artículo 47 dice que todas las personas que trabajen en estaciones de transferencia (lugares donde se pasa la basura de un camión a otro) y en plantas de selección y tratamiento (donde se separan y procesan los residuos) deben tener una autorización oficial. Esa autorización la da la Secretaría de Obras y Servicios (la dependencia del gobierno encargada de estos temas). En otras palabras, no cualquiera puede trabajar ahí: necesita un permiso o reconocimiento de esa dependencia para estar contratado.
- Art. 48Las plantas que queman basura para tratarla deben seguir todas las leyes y normas oficiales mexicanas. Los dueños o encargados de estas plantas tienen que hacer reportes cada mes y mandarlos al gobierno para que los revisen y supervisen. El gobierno de la Ciudad de México va a publicar reglas específicas para controlar cuánta contaminación pueden emitir estas plantas, especialmente dos sustancias tóxicas llamadas dioxinas y furanos, para que no dañen la salud ni el ambiente. Cualquier persona puede reportar a las autoridades si ve que estas plantas no cumplen con lo que dice la ley. Las denuncias se hacen siguiendo las reglas del Capítulo IV del Título Séptimo de esta Ley.
- Art. 49Cuando haya basura o residuos sólidos que no se puedan procesar con los métodos que marca esta ley, esa basura debe llevarse a los lugares especiales donde se almacena de manera definitiva, como los rellenos sanitarios. O sea, si no se puede reciclar o tratar, su destino final es un sitio autorizado para tirarla y que no cause problemas. Eso aplica para cualquier tipo de desecho sólido, desde la basura de tu casa hasta la de una empresa. La ley asegura que todo termine en un lugar adecuado, no en la calle o en terrenos baldíos.
- Art. 50Para tirar basura o desechos de forma definitiva, el lugar que elijas y las instalaciones que construyas deben cumplir con las reglas que están escritas en las normas oficiales mexicanas y en otras leyes que apliquen. Esto quiere decir que no puedes poner un basurero en cualquier lado ni construir como se te ocurra, sino que debes seguir lo que dicen esas normas. Es como si hubiera un manual obligatorio para asegurarse de que todo se haga bien y sin dañar el medio ambiente.
- Art. 51Este artículo dice que los tiraderos o rellenos sanitarios deben tener acceso controlado para que no se metan materiales que se puedan reusar o reciclar, y también deben recibir menos residuos orgánicos (como comida). Además, tienen que instalar sistemas para capturar el biogás (un gas que sale de la basura) y tratar los lixiviados (los líquidos contaminados que escurren), para poder recolectarlos. En la Ciudad de México, estos lugares deben usar tecnología moderna para que un equipo especializado pueda generar energía renovable y limpia a partir de la basura.
- Art. 52Tirar basura en los rellenos sanitarios es para dejarla ahí, no para que la gente la revise o la separe para sacar cosas que se puedan vender o reciclar. Está prohibido que alguien entre a los rellenos sanitarios a hacer "pepena", que es buscar entre los desperdicios para agarrar objetos de valor. Esto es para evitar accidentes y que la basura se maneje de forma ordenada. Si te agarran haciendo eso, podrías tener problemas legales o multas.
- Art. 53La Secretaría de Obras y Servicios tiene que hacer cursos de capacitación de vez en cuando para los trabajadores que andan en los lugares donde se tira la basura (sitios de disposición final). Además, esos trabajadores deben tener un permiso oficial de la misma Secretaría para poder trabajar ahí. O sea, no cualquiera puede entrar a laborar en esos sitios, tienen que estar registrados y aprobados.
- Art. 54Cuando un relleno sanitario ya no sirve para tirar basura, la ley dice que solo se puede convertir en parques, jardines, centros donde enseñen sobre el medioambiente o lugares para la recreación y la cultura. O sea, esos terrenos se deben aprovechar para algo bonito o útil para la gente, no para construir casas o negocios. Esto aplica para basureros que ya se llenaron y dejaron de funcionar.
- Art. 55Si tu empresa fabrica o vende productos que terminan convertidos en basura que se pueda reusar o reciclar, tienes la obligación de hacer un plan. Ese plan debe decir cómo vas a reducir la basura que generas, cómo la vas a manejar de manera responsable y cómo vas a informar a tus clientes sobre las ventajas de reciclar o reutilizar esos residuos. Básicamente, la ley te pide que te hagas cargo de la basura de tus productos y le enseñes a la gente a darles un segundo uso.
- Art. 56La Secretaría de Obras y Servicios, junto con otras dependencias del gobierno, va a crear programas para usar materiales que se obtengan de la basura. Esto lo harán siguiendo el plan de manejo de residuos. La idea es que empresas, grupos sociales y otros negocios puedan aprovechar esos materiales y generar un mercado para ellos.
- Art. 57Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como las Alcaldías, el Congreso, el Tribunal de Justicia y otros organismos, deben poner en marcha sistemas para cuidar el medio ambiente. Esto significa que tienen que hacer planes para reducir la basura que generan, evitar producirla desde el principio y, si ya hay residuos, buscar la manera de reutilizarlos o sacarles provecho. Además, se les pide que compren y usen objetos desechables que estén hechos de materiales naturales, que se descompongan solos o que no dañen tanto al planeta.
- Art. 58Las autoridades van a impulsar programas para que lugares como bodegas, tiendas departamentales y centros comerciales tengan áreas especiales donde la gente pueda llevar materiales que se puedan reciclar o reusar, como plástico, vidrio o cartón. Esto significa que en esos negocios habrá espacios o servicios para recibir residuos que todavía pueden tener un valor, en lugar de tirarlos a la basura. La idea es que sea más fácil separar y recolectar estos materiales para darles una segunda vida.
- Art. 59Si tienes un negocio que se dedica a reusar o reciclar basura, necesitas cumplir varios requisitos. Primero, debes pedir permiso a las autoridades correspondientes. También tienes que instalarte en un lugar que cumpla con las reglas establecidas. Además, necesitas un plan aprobado por la Secretaría para manejar los residuos de forma segura y sin dañar el ambiente. Tu personal debe estar capacitado y actualizado constantemente. Por último, debes tener un respaldo económico para asegurar que, cuando cierres el negocio, el lugar quede limpio y sin contaminación que ponga en riesgo la salud de las personas o el entorno.
- Art. 60Si separaste la basura para reciclarla, pero los materiales que juntaste no se pueden aprovechar porque están muy sucios o dañados, ya no sirven para compostear ni reciclar. En ese caso, esos residuos deben ir al basurero o relleno sanitario para que los entierren o los destruyan. O sea, aunque hayas hecho tu mejor esfuerzo en separar, lo que no se pueda procesar termina en la disposición final.
- Art. 61La Secretaría de Obras y Servicios (la dependencia del gobierno encargada de construir y mantener cosas) va a hacerse cargo de hacer y cuidar centros donde se convierta la basura orgánica (como cáscaras de frutas o restos de comida) en composta (abono para tierra), siguiendo las reglas de los programas oficiales de limpieza y manejo de basura. Las alcaldías también pueden hacer este trabajo. La composta que se produzca debe usarse principalmente en parques, jardines, áreas verdes o lugares de la ciudad que necesiten ser mejorados.
- Art. 62La Secretaría de Desarrollo Económico, junto con la de Obras y Servicios y las delegaciones autorizadas para tener centros de composteo, van a ayudar a crear y promover mercados donde se pueda vender el abono (composta) que se genere en esos centros. Así que van a buscar lugares o formas de comercializar ese material para que no se desperdicie y tenga un uso provechoso.
- Art. 63Básicamente, este artículo dice que las reglas para saber qué materiales son adecuados para hacer composta o qué tipo de composta se considera de buena calidad, se van a definir en un reglamento aparte. También se tiene que especificar cuáles tipos de composta se pueden vender o regalar, dependiendo de sus características. Y si hay composta que ya no sirve para nada, pues la tienes que llevar al basurero (relleno sanitario) para que la tiren ahí.
- Art. 64Si haces composta con residuos orgánicos de la ciudad, tienes que seguir las reglas de las normas oficiales mexicanas y las normas ambientales de la Ciudad de México para ese proceso. Esto aplica a cualquier persona que se dedique a tratar basura orgánica para convertirla en composta. Las normas te dicen cómo hacerlo de manera correcta para no contaminar el suelo. Entonces, antes de empezar, infórmate sobre esas reglas para evitar problemas.
- Art. 65Tú que generas y manejas residuos sólidos (basura, desechos), tienes la obligación de hacerlo sin lastimar la salud de las personas ni el medio ambiente. Si al tirar o manejar la basura terminas contaminando el entorno, aparte de las multas o castigos que te puedan poner, quien sea el responsable del servicio debe cumplir con lo que dice la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México. O sea, no solo te pueden sancionar, sino que también estás obligado a reparar el daño ambiental que hayas causado.
- Art. 66Imagínate que cuando se manejan residuos o sustancias peligrosas hay accidentes o malos manejos que ponen en riesgo tu salud o dañan el medio ambiente. Pues bien, las autoridades pueden tomar medidas como asegurar lo que está causando el problema (por ejemplo, camiones, tambos o herramientas) o incluso parar por completo las actividades hasta que se arregle el desastre. También pueden cerrar temporal o permanentemente el lugar donde ocurre el incidente, y si es necesario, pedir ayuda a la policía para que se cumpla la orden. Básicamente, la ley les da herramientas para detener el peligro de inmediato, aunque después todo se revisa siguiendo los procedimientos legales correspondientes.
- Art. 67Si infrinjas esta ley o ayudas a alguien a hacerlo, te pueden aplicar una multa o sanción. Si varias personas causan daños al ambiente, cada una pagará por lo que le toque. Si entregas residuos a alguien que no está autorizado por la ley, también te pueden sancionar. Y si hay varios responsables y no se puede saber cuánto participó cada quién, todos serán responsables por el total. Además, aunque te multen, aún puedes tener que pagar por los daños o ir a la cárcel si cometiste un delito.
- Art. 68El Artículo 68 dice que si una autoridad te castiga por no cumplir con alguna regla administrativa, te pueden aplicar cuatro tipos de sanciones. La primera es la amonestación, que es solo un llamado de atención o una advertencia. La segunda es la multa, o sea, tener que pagar una cantidad de dinero. La tercera es el arresto, que significa que te pueden detener por unas horas o días. La cuarta dice que pueden aplicarte otros castigos que estén escritos en otras leyes o reglamentos.
- Art. 69Este artículo establece las multas por no cumplir con la ley. Si es la primera vez que cometes una falta específica (como las que mencionan los artículos 25, fracción V, y 33), solo te llamarán la atención con una amonestación (un simple regaño oficial). Si vuelves a cometer esa misma falta o haces otras violaciones más graves, te multarán con entre 20 y 200 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (una cantidad de dinero que se actualiza cada año). Para faltas aún más serias, la multa sube de 150 a mil veces esa misma unidad, y para las más graves de todas, puede llegar hasta 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (otra referencia económica). En pocas palabras, mientras más repetida o grave sea la infracción, más alto será el castigo económico.
- Art. 70Cuando te pongan una multa o sanción, las autoridades deben tomar en cuenta varias cosas. Primero, qué tan grave fue lo que hiciste: si afectó a muchas personas, la salud o el medio ambiente, y el daño que causaste. También revisan si sacaste provecho económico ilegal y cuánto dinero ganaste con eso. Se fijan si lo hiciste a propósito o por descuido, y si ya habías cometido la misma falta antes. Por último, en algunos casos, en lugar de pagar la multa en efectivo, puedes compensar el daño con acciones que beneficien al medio ambiente, y ese dinero o beneficio va a un fondo público de la Ciudad de México.
- Art. 71Si cometes una falta contra esta ley, además de tener que pagar los daños que hayas causado, te van a aplicar una multa o castigo según lo que la misma ley dice. La autoridad puede levantarte un acta (el documento donde anota la falta) en el mismo lugar y momento donde te descubran, sin necesidad de esperar a otro día. Eso significa que si te cachan infringiendo la ley, te pueden sancionar al instante. Todo esto se hace siguiendo las reglas del proceso administrativo, que es el trámite oficial que usan las autoridades para aplicar castigos.
- Art. 72Si toca cerrar un negocio, los inspectores deben hacer un reporte detallado de todo lo que pasó, igual que cuando hacen una revisión normal. Si la clausura es temporal, la autoridad tiene que decirte exactamente qué tienes que hacer para arreglar lo que hiciste mal (como medidas para reparar el daño o corregir el problema). También te tienen que dar un plazo para cumplir con esas acciones. Así, si haces lo que te piden en el tiempo indicado, puedes evitar que el cierre se haga permanente.
- Art. 73Si un funcion público da un permiso, licencia o concesión que va en contra de lo que dice esta ley, ese documento no vale para nada, como si nunca hubiera existido. Además, el funcionario que lo hizo va a recibir un castigo, según lo que marquen otras leyes. En pocas palabras, no se vale hacer trampa y dar permisos que no cumplen con las reglas.
- Art. 74El artículo 74 dice que, si una autoridad te da una resolución (una respuesta oficial) por aplicar esta ley o sus reglas, y no estás de acuerdo, puedes quejarte. Esa queja se llama "recurso de inconformidad". Para hacerla, debes seguir los pasos que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. También habla de un capítulo sobre cómo los ciudadanos pueden hacer denuncias.
- Art. 75Cualquier persona, grupo u organización puede reportar ante la Procuraduría o las autoridades correspondientes cualquier situación que dañe o pueda dañar el medio ambiente, como por ejemplo si ves que alguien tira basura de forma ilegal o maneja mal los residuos sólidos. También puedes denunciar si alguien no cumple con lo que dice esta ley u otras normas relacionadas con el ambiente. No necesitas ser abogado ni experto, solo tener la intención de cuidar el entorno. Las autoridades están obligadas a recibir tu denuncia.
- Art. 76Cualquier persona puede presentar una queja ambiental, solo necesitas hacerla por escrito con tu nombre completo, dirección y teléfono (si tienes), explicar qué pasó, dar pistas para encontrar al responsable o la fuente de contaminación, y ofrecer las pruebas que tengas. También puedes hacer la denuncia por teléfono, pero el servidor público que la reciba levantará un acta y tú tendrás que confirmarla por escrito en un plazo de tres días hábiles, con todos los requisitos que ya te mencioné. La Procuraduría puede investigar por su cuenta aunque no ratifiques la queja.
- Art. 77El artículo 77 dice que la Procuraduría (una oficina del gobierno que vigila el medio ambiente) debe explicarte, en su respuesta final, qué opinó sobre la información que tú le diste como denunciante. En los artículos transitorios, se establecen las reglas para cuándo empieza a aplicarse esta ley: entra en vigor al día siguiente de su publicación oficial. Además, se cancela un reglamento viejo sobre limpia pública que ya no sirve, pero se queda vigente solo en lo que no contradiga esta nueva ley. La parte de separar basura y las multas aplican hasta octubre de 2004, y desde enero de ese año el gobierno debe empezar a prepararse para implementarlo todo.