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Artículo 73 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un funcion público da un permiso, licencia o concesión que va en contra de lo que dice esta ley, ese documento no vale para nada, como si nunca hubiera existido. Además, el funcionario que lo hizo va a recibir un castigo, según lo que marquen otras leyes. En pocas palabras, no se vale hacer trampa y dar permisos que no cumplen con las reglas.

Texto oficial

Artículo 73.- En caso de que se expidan licencias, permisos, autorizaciones o concesiones contraviniendo esta Ley, serán nulas y no producirán efecto legal alguno, y los servidores públicos responsables serán sancionados conforme a lo dispuesto en la legislación de la materia. CAPÍTULO III DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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