Artículo 57 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como las Alcaldías, el Congreso, el Tribunal de Justicia y otros organismos, deben poner en marcha sistemas para cuidar el medio ambiente. Esto significa que tienen que hacer planes para reducir la basura que generan, evitar producirla desde el principio y, si ya hay residuos, buscar la manera de reutilizarlos o sacarles provecho. Además, se les pide que compren y usen objetos desechables que estén hechos de materiales naturales, que se descompongan solos o que no dañen tanto al planeta.
Texto oficial
Artículo 57.- Las dependencias y entidades del Gobierno de la Ciudad de México, las Alcaldías, el Congreso de la Ciudad de México, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y demás órganos autónomos, establecerán en sus oficinas y dependencias sistemas de manejo ambiental, los cuales tendrán por objeto prevenir, minimizar y evitar la generación de residuos y aprovechar su valor. Para tal efecto, se promoverá la adquisición y uso de objetos desechables elaborados a partir de materia orgánica, biodegradable o de bajo impacto ecológico.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.