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Ley
LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
56

Artículo 56 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Obras y Servicios, junto con otras dependencias del gobierno, va a crear programas para usar materiales que se obtengan de la basura. Esto lo harán siguiendo el plan de manejo de residuos. La idea es que empresas, grupos sociales y otros negocios puedan aprovechar esos materiales y generar un mercado para ellos.

Texto oficial

Artículo 56.- La Secretaría de Obras y Servicios, en coordinación con la Secretaría y la Secretaría de Desarrollo Económico, en cumplimiento a lo señalado en el programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos, instrumentarán programas para la utilización de materiales o subproductos provenientes de los residuos sólidos a fin de promover mercados para su aprovechamiento, vinculando al sector privado, organizaciones sociales y otros agentes económicos.

Ver texto oficial de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 28) ↗

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