Artículo 23 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres una persona o empresa que fabrica, maneja o vende productos que generan mucha basura, residuos peligrosos o que dañan el ambiente cuando ya no sirven, tienes obligaciones extras además de las que marca el reglamento. Debes hacer un plan para manejar esos residuos desde que los produces, dándole prioridad a reducir la basura, reusar o reciclar, y que el menor daño posible al ambiente. También tienes que instalar sistemas para recuperar o recolectar los residuos de tus productos después de que los clientes los usen, y usar envases y empaques que se puedan reutilizar o reciclar. Por último, debes cumplir con todas las normas ambientales que emita la Secretaría.
Texto oficial
Artículo 23. Las personas físicas o morales responsables de la producción, recolección, manejo, tratamiento, reciclaje, reutilización, distribución o comercialización de bienes que, una vez terminada su vida útil, originen residuos sólidos en alto volumen, de manejo especial o que produzcan desequilibrios significativos al medio ambiente, cumplirán, además de las obligaciones que se establezcan en el Reglamento, con las siguientes disposiciones: I. Instrumentar planes de manejo de los residuos sólidos en sus procesos de producción, prestación de servicios o en la utilización de envases y embalajes, así como su fabricación o diseño, comercialización o utilización que contribuyan a la minimización de los residuos sólidos y promuevan la reducción de la generación en la fuente, su valorización o disposición final, que ocasionen el menor impacto ambiental posible; II. Adoptar sistemas eficientes de recuperación o retorno de los residuos sólidos derivados de la comercialización de sus productos finales; III. Privilegiar el uso de envases y embalajes para que una vez utilizados sean susceptibles de valorización mediante procesos de reutilización y reciclaje. El Reglamento determinará los bienes a los que se refiere este artículo; y IV. Cumplir con lo establecido las normas ambientales emitidas por la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.