Artículo 61 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Obras y Servicios (la dependencia del gobierno encargada de construir y mantener cosas) va a hacerse cargo de hacer y cuidar centros donde se convierta la basura orgánica (como cáscaras de frutas o restos de comida) en composta (abono para tierra), siguiendo las reglas de los programas oficiales de limpieza y manejo de basura. Las alcaldías también pueden hacer este trabajo. La composta que se produzca debe usarse principalmente en parques, jardines, áreas verdes o lugares de la ciudad que necesiten ser mejorados.
Texto oficial
Artículo 61.- La Secretaría de Obras y Servicios diseñará, construirá, operará y mantendrá centros de composteo o de procesamiento de residuos urbanos orgánicos, de conformidad con lo que establece el Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos y el Programa de Prestación del Servicio de Limpia correspondiente. Las delegaciones podrán encargarse de las actividades señaladas en el párrafo anterior, procurando que la composta producida se utilice, preferentemente, en parques, jardines, áreas verdes, áreas de valor ambiental, áreas naturales protegidas y otras que requieran ser regeneradas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.