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Artículo 42 Bis de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas manejando residuos en la Ciudad de México, necesitas un permiso especial de la Secretaría para hacerlo legalmente. Si no tramitas esa autorización y te cachan trabajando sin ella, te pueden aplicar medidas de seguridad o multas. Básicamente, no puedes andar recolectando o manejando basura sin antes tener el permiso de las autoridades.

Texto oficial

Artículo 42 Bis. Para su operación en la Ciudad de México, los prestadores de servicio para el manejo de residuos deberán de contar con la autorización correspondiente por parte de la Secretaría. La contravención a lo dispuesto en el presente artículo será motivo de las medidas de seguridad y/o sanciones que resulten aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.