Artículo 59 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un negocio que se dedica a reusar o reciclar basura, necesitas cumplir varios requisitos. Primero, debes pedir permiso a las autoridades correspondientes. También tienes que instalarte en un lugar que cumpla con las reglas establecidas. Además, necesitas un plan aprobado por la Secretaría para manejar los residuos de forma segura y sin dañar el ambiente. Tu personal debe estar capacitado y actualizado constantemente. Por último, debes tener un respaldo económico para asegurar que, cuando cierres el negocio, el lugar quede limpio y sin contaminación que ponga en riesgo la salud de las personas o el entorno.
Texto oficial
Artículo 59.- Todo establecimiento mercantil, industrial y de servicios que se dedique a la reutilización o reciclaje de los residuos sólidos deberán: I. Obtener autorización de las autoridades competentes; II. Ubicarse en lugares que reúnan los criterios que establezca la normatividad aplicable; III. Instrumentar un plan de manejo aprobado por la Secretaría para la operación segura y ambientalmente adecuada de los residuos sólidos que valorice; IV. Contar con programas para prevenir y responder a contingencias o emergencias ambientales y accidentes; V. Contar con personal capacitado y continuamente actualizado; y VI. Contar con garantías financieras para asegurar que, al cierre de las operaciones en sus instalaciones, éstas queden libres de residuos y no presenten niveles de contaminación que puedan representar un riesgo para la salud humana y el ambiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.