Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 50 de la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para tirar basura o desechos de forma definitiva, el lugar que elijas y las instalaciones que construyas deben cumplir con las reglas que están escritas en las normas oficiales mexicanas y en otras leyes que apliquen. Esto quiere decir que no puedes poner un basurero en cualquier lado ni construir como se te ocurra, sino que debes seguir lo que dicen esas normas. Es como si hubiera un manual obligatorio para asegurarse de que todo se haga bien y sin dañar el medio ambiente.

Texto oficial

Artículo 50.- La selección de los sitios para disposición final, así como la construcción y operación de las instalaciones deberá sujetarse a lo estipulado en las normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.