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Artículo 30 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para un mismo puesto, el sueldo o salario será igual para todos los que lo ocupen, sin importar quién sea la persona. Esta cantidad se va a determinar según el catálogo de puestos y el tabulador que tenga cada dependencia. En otras palabras, si tú y otra persona tienen el mismo cargo, deben ganar lo mismo, ni más ni menos.

Texto oficial

ARTÍCULO 30.- El sueldo o salario será uniforme para cada uno de los puestos consignados en el catálogo correspondiente y se fijará en el tabulador respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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