Artículo 69 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión tiene una persona a cargo, que es elegida solo con que le den su voto más de la mitad de los que la forman, sin necesidad de más reglas. Esa persona se llama "presidenta" o "presidente". Además, todo lo que hace la Comisión y cómo funciona se va a definir en su propio Reglamento, que es como su manual de reglas.
Texto oficial
Artículo 69. La Comisión será presidida por la persona electa por la mayoría simple de sus integrantes y su funcionamiento estará regulado en su Reglamento. CAPÍTULO II LAS COMISIONES DE MEMORIA DE LAS ALCALDÍAS
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