Artículo 37 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien lleva a un niño o niña a una guardería (CACI) y el personal le ve moretones o heridas, esa persona debe explicar de inmediato cómo ocurrieron. Es su obligación decirlo desde que llegan si se detectan en el filtro de entrada, o si se ven después durante el día. Si las lesiones son graves o se repiten seguido, el encargado de la guardería tiene que avisar a las autoridades, como el DIF o la policía. Esto es para proteger a los niños y asegurarse de que no estén siendo lastimados.
Texto oficial
ARTÍCULO 37.- Es obligación del usuario o de la persona autorizada informar al personal las causas que hayan originado las lesiones físicas que presente el niño o la niña y que hubieren sido detectadas en los CACI al realizar el filtro sanitario o durante su estancia. Dependiendo de la gravedad de las lesiones y en caso de que éstas se apreciaran reiteradamente en el cuerpo del niño o niña, el responsable del CACI dará aviso a las autoridades competentes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.