Artículo 22 de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice quiénes son las personas que forman parte del Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México. El jefe de gobierno es el presidente, y el secretario de inclusión es el vicepresidente. También hay otros 18 consejeros, que son los titulares de varias secretarías (como Salud, Educación, Trabajo), el fiscal general, el director del DIF, algunos diputados del Congreso local y el titular de la Junta de Asistencia Privada. Además, el presidente puede invitar a representantes de la UNAM, la UAM, el Politécnico y dos asociaciones civiles a las reuniones. Nota: un "Consejero Propietario" es la persona que tiene derecho a voz y voto en las decisiones del Consejo.
Texto oficial
Artículo 22.- El Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México estará constituido por un Presidente, un Vicepresidente y dieciocho Consejeros Propietarios: I. El Presidente será la Persona Titular de la Jefatura de Gobierno; II. El Vicepresidente será la Persona Titular de la Secretaría de Inclusión; III. La Persona Titular de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; IV. La Persona Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; V. La Persona Titular de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; VI. La Persona Titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil en su calidad de Consejero Propietario; VII. La Persona Titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; VIII. La Persona Titular de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación en su calidad de Consejero Propietario; IX. La Persona Titular de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes en su calidad de consejero propietario. X. La Persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; XI. La Persona Titular de la Dirección General del DIF-CDMX en su calidad de Consejero Propietario; XII. Las presidencias de las Comisiones de Salud, y la de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales del Congreso de la Ciudad de México en su calidad de Consejeros Propietarios, y XIII. La Persona Titular de la Junta de Asistencia Privada en su calidad de Consejero Propietario. La Persona Titular que ocupe la presidencia del Consejo invitará a una o un representante de la Universidad Nacional Autónoma de México, de la Universidad Autónoma Metropolitana e Instituto Politécnico Nacional, y a dos Personas representantes de las Asociaciones Civiles de reconocida trayectoria, pudiendo invitar a las sesiones de trabajo a las y los responsables de los programas en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.