LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todos y busca ayudar a las personas o familias que no pueden valerse por sí mismas, ya sea por falta de capacidades o de apoyos. Su objetivo es protegerlas, darles asistencia y ayudarles a integrarse en la sociedad. También crea un sistema local donde el gobierno, las instituciones de ayuda privada y las asociaciones civiles trabajen juntos para coordinar estas acciones. En pocas palabras, busca que nadie se quede sin apoyo si lo necesita.
- Art. 2La asistencia social son las acciones que hacen el gobierno y la sociedad para ayudar a personas, familias o grupos que están en situación difícil, como los que viven en pobreza, abandono o desprotección. El objetivo es mejorar sus capacidades físicas, mentales y sociales para que puedan valerse por sí mismas, ejercer sus derechos y reintegrarse a su familia, al trabajo y a la sociedad. Se enfoca en quienes no tienen las condiciones necesarias para salir adelante solos.
- Art. 3La integración social es el proceso en el que ayudamos a las personas, familias o grupos que reciben asistencia social a desarrollar sus habilidades y a encontrar oportunidades económicas, sociales y políticas, para que puedan volver a participar en la vida de su comunidad con dignidad y respeto. Esto significa que todos deben tener las mismas oportunidades de acceder a servicios y bienes sociales, sin importar quiénes sean, y se les debe tratar con igualdad y equidad (es decir, dando a cada quien lo que necesita para estar en las mismas condiciones). Se trata de que nadie quede excluido y se respeten su identidad y derechos.
- Art. 4Este artículo solo define cómo se van a usar las palabras clave dentro de esta ley. Cuando veas "Ley General", se refiere a la Ley General de Salud, y "Ley Nacional" significa la Ley de Asistencia Social. "Secretaría" es la Secretaría de Salud del gobierno federal, mientras que "Gobierno" es la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México. También explica que las "Instituciones de Asistencia Privada" son organizaciones sin afán de ganar dinero, y que las "Asociaciones Civiles" son grupos legales sin fines de lucro que dan servicios de ayuda social. En pocas palabras, es el glosario de términos para que no te confundas al leer el resto de la ley.
- Art. 5Este artículo dice que las autoridades encargadas de la asistencia social en la Ciudad de México son tres: primero, la Secretaría de Bienestar, pero solo en lo que le toca hacer según la ley federal; segundo, el DIF Nacional, también solo en lo que le corresponde por la ley nacional; y tercero, el Gobierno de la Ciudad de México. En pocas palabras, estas son las instituciones que se encargan de ayudar a la gente que lo necesita, como con apoyos o servicios sociales, cada una en su área.
- Art. 6El artículo 6 dice que el Gobierno es la autoridad encargada de hacer que se cumpla esta ley de asistencia social. Básicamente, es el responsable de que todo lo que dice esta ley se lleve a cabo en la práctica. Esto significa que el gobierno, a través de sus instituciones, debe asegurarse de que la asistencia social funcione bien para la gente.
- Art. 7El gobierno es el encargado de planear, organizar, manejar, revisar y calificar cómo funciona el sistema de ayuda y apoyo social para la gente. Todo esto lo tiene que hacer siguiendo las reglas oficiales que pone la Secretaría de Salud. Además, el gobierno puede hacer acuerdos con el gobierno federal y con los gobiernos de los estados vecinos para trabajar juntos en temas de asistencia social.
- Art. 8El Sistema de Asistencia e Integración Social es el grupo de oficinas y organismos del gobierno de la Ciudad de México, junto con instituciones privadas y asociaciones civiles, que se encargan de crear programas y ofrecer servicios de ayuda social. En palabras más simples, son todas las dependencias del gobierno local, más las empresas y organizaciones no lucrativas, que trabajan juntos para brindar apoyo a quien lo necesita. Este sistema incluye tanto lo público como lo privado, siempre que su objetivo sea la asistencia social.
- Art. 9La Secretaría de Inclusión será la encargada de crear y organizar un sistema que se llama Sistema Local de Asistencia e Integración Social. Este sistema se encarga de coordinar los apoyos y servicios para las personas que más lo necesitan. La Secretaría también se asegurará de que todo funcione bien entre las distintas dependencias que participan. En pocas palabras, el gobierno local tendrá un grupo organizado por esta Secretaría para ayudar a la gente.
- Art. 10La Secretaría de Inclusión es la dependencia encargada de cumplir con lo que dice esta ley y otras reglas. Su trabajo principal es planear y operar programas de ayuda social para que las personas se integren a la sociedad, enfocándose en las zonas que más lo necesitan. También debe coordinarse con el gobierno, empresas privadas y organizaciones sociales, y usar bien los recursos públicos. Además, busca ayudar al desarrollo de personas, familias y comunidades, llevar un registro de quiénes están en riesgo o vulnerables, y revisar si los programas realmente funcionan y qué tanto ayudan.
- Art. 11Este artículo dice que los servicios de asistencia e integración social son todas las acciones y programas que hacen el gobierno y la sociedad para ayudar a personas, familias o grupos que están en situación difícil o de riesgo. Esto incluye a quienes están en desventaja, abandonados o desprotegidos en aspectos físicos, mentales, legales o sociales. También aplica para quienes no pueden valerse por sí mismos, ejercer sus derechos o reintegrarse a su familia, trabajo o comunidad. Básicamente, son apoyos para quienes más lo necesitan y no tienen las condiciones para salir adelante solos.
- Art. 12El artículo 12 dice que los servicios de ayuda e integración social que te ofrecen son estos: Puedes recibir asesoría y defensa legal. También te apoyan para que estudies en escuela o por tu cuenta, y para que te capacites para conseguir trabajo. Si necesitas atención especial, van a mejorar los lugares donde te atienden. Ayudan a personas que han sido abandonadas, maltratadas o que tienen problemas mentales. Varias instituciones trabajan juntas para darte opciones de prevención y cuidado. Si alguien fallece y no tienes recursos, te dan servicios funerarios y de entierro gratis y con respeto. Y si hay desastres, como temblores o inundaciones, te ayudan a recuperarte, en coordinación con Protección Civil local.
- Art. 13Los usuarios pueden ser cualquier persona que necesite y pida ayuda a programas de asistencia social, como los del gobierno, empresas privadas u organizaciones de la sociedad civil. No importa si es apoyo económico, comida, atención médica o algo parecido: con solo necesitarlo y solicitarlo, ya eres considerado usuario. Esto aplica tanto a programas públicos (como los del gobierno) como a los privados (asociaciones o fundaciones) y sociales (como cooperativas). En pocas palabras, si ocupas apoyo y lo pides, la ley te reconoce como usuario de esos servicios.
- Art. 14El gobierno va a hacer que las personas que reciben ayuda social (como servicios o programas del gobierno, organizaciones o empresas) participen en el Sistema de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México. Esto significa que los ciudadanos que usan estos apoyos tendrán voz y podrán involucrarse en cómo funcionan esos programas. La idea es que no solo reciban la ayuda, sino que también colaboren y se integren en el sistema.
- Art. 15El artículo dice que todas las personas tienen derecho a recibir los mismos servicios y programas de ayuda social, sin importar su raza, si son hombres o mujeres, su edad, si tienen alguna discapacidad, su nivel cultural o económico, si están enfermos, su religión o a quién quieran. Esto significa que nadie puede ser tratado diferente o excluido de estos apoyos por ninguna de esas razones. La ley garantiza que todos tengan las mismas oportunidades y un trato justo.
- Art. 16El artículo dice que, cuando estés en un centro de asistencia social (como un albergue, refugio u hogar de cuidado), siempre te deben respetar tus derechos humanos, tu cuerpo y tu mente, tu dignidad y tu vida privada. También deben tomarte en cuenta tu cultura y tus valores personales. Nadie puede maltratarte ni hacerte sentir menos por quien eres. Esto aplica desde que entras hasta que sales del lugar.
- Art. 17Tienes derecho a que te expliquen de manera clara y sencilla, según tu edad, género, educación, cultura y origen étnico, cómo funcionan los programas de ayuda y de apoyo para integrarte a la sociedad. Es decir, la información sobre estos apoyos debe ser fácil de entender para ti y adaptada a tu situación personal. Nadie te puede dar explicaciones complicadas o que no tomen en cuenta quién eres. El objetivo es que sí entiendas bien lo que te ofrecen y puedas acceder a ello.
- Art. 18Si usas servicios de asistencia o integración social (como centros de ayuda o apoyo), tienes que seguir las reglas internas de cada lugar. También debes cuidar los materiales y equipos que te presten, usándolos con responsabilidad para no dañarlos. En pocas palabras, respeta las normas del lugar y trata las cosas como si fueran tuyas.
- Art. 19El gobierno, por medio de la Secretaría de Inclusión, va a hacer acuerdos con los estados del país y con otras dependencias federales. Esto lo hace para que todas las partes trabajen bien coordinadas en los programas de ayuda social y de integración de personas. La idea es que no se dupliquen esfuerzos y que los apoyos lleguen mejor a quien los necesita.
- Art. 20El Gobierno va a emitir reglas o documentos oficiales que especifiquen qué le corresponde hacer a cada Alcaldía de la Ciudad de México en temas de ayuda social y apoyo a personas en situación difícil. Esto significa que se definirá claramente qué puede y debe hacer cada Alcaldía para atender a quienes más lo necesitan. Es como poner por escrito quién se encarga de cada servicio social en las distintas zonas de la ciudad. Así, no habrá confusión sobre si una Alcaldía debe dar apoyo a adultos mayores o a personas con discapacidad, por ejemplo.
- Art. 21El artículo 21 dice que se va a crear un consejo en la Ciudad de México que se llama Consejo de Asistencia e Integración Social. Este consejo va a servir para que el gobierno pueda platicar, pedir consejos y recibir apoyo de otras personas o grupos. No es el que toma las decisiones finales, sino que ayuda al gobierno a trabajar mejor en temas de asistencia social y de integración de la gente.
- Art. 22Este artículo dice quiénes son las personas que forman parte del Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México. El jefe de gobierno es el presidente, y el secretario de inclusión es el vicepresidente. También hay otros 18 consejeros, que son los titulares de varias secretarías (como Salud, Educación, Trabajo), el fiscal general, el director del DIF, algunos diputados del Congreso local y el titular de la Junta de Asistencia Privada. Además, el presidente puede invitar a representantes de la UNAM, la UAM, el Politécnico y dos asociaciones civiles a las reuniones. Nota: un "Consejero Propietario" es la persona que tiene derecho a voz y voto en las decisiones del Consejo.
- Art. 23El gobierno, por medio de la Secretaría de Inclusión, va a hacer acuerdos y convenios con empresas, organizaciones de la sociedad civil y universidades. La idea es que todos trabajen juntos en programas de ayuda y apoyo para que la gente esté mejor integrada en la sociedad. Así, el gobierno coordina su participación para cumplir los objetivos de esta ley. En pocas palabras, busca que los sectores público, privado y social colaboren en beneficio de todos.
- Art. 24El gobierno va a buscar ponerse de acuerdo con quienes venden o proporcionan los materiales y productos que se necesitan para la asistencia social, como medicinas, comida o equipos. La idea es asegurarse de que todo lo que se entregue sea de buena calidad y llegue a tiempo a quien lo necesita. Esto se hará siguiendo las reglas y leyes que se saquen para ese propósito.
- Art. 25El Gobierno, junto con la Secretaría, se encarga de aplicar y dar a conocer las Normas Oficiales Mexicanas (reglas técnicas obligatorias que establecen requisitos de seguridad, calidad o funcionamiento). Estas normas las crea la propia Secretaría y deben seguirlas todas las instituciones que forman parte del Sistema de Asistencia e Integración Social, como los centros de ayuda a personas vulnerables. En pocas palabras, el Gobierno se asegura de que todas esas instituciones cumplan con las reglas que la Secretaría define para funcionar correctamente.
- Art. 26El gobierno va a dar incentivos, como bajar impuestos o dar descuentos, para que empresas y organizaciones sociales se animen a ofrecer servicios de ayuda a personas vulnerables o en riesgo. Esto quiere decir que si tú tienes un negocio o una asociación que da estos servicios, puedes recibir beneficios fiscales. Pero ojo, todo esto se hace siguiendo las reglas que marca la ley, no es automático ni para cualquiera.
- Art. 27El artículo 27 dice que el Gobierno va a promover y dar a conocer programas y servicios de ayuda e integración social, para que tú puedas participar como ciudadano. Los transitorios son instrucciones para que esta ley entre en vigor: se turna al Jefe de Gobierno para que la publique, y empieza a aplicarse al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial. También dice que cualquier otra ley local que vaya en contra de esta deja de aplicarse, y que en 90 días se debe hacer un registro de las instituciones que dan estos servicios de asistencia. Finalmente, se derogan (se eliminan) todas las reglas que se opongan a esta ley.