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Ley
LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
7

Artículo 7 de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno es el encargado de planear, organizar, manejar, revisar y calificar cómo funciona el sistema de ayuda y apoyo social para la gente. Todo esto lo tiene que hacer siguiendo las reglas oficiales que pone la Secretaría de Salud. Además, el gobierno puede hacer acuerdos con el gobierno federal y con los gobiernos de los estados vecinos para trabajar juntos en temas de asistencia social.

Texto oficial

Artículo 7. - En materia de Salubridad General corresponde al gobierno, planear, organizar, operar, supervisar y evaluar al Sistema de Asistencia e Integración Social, observando lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas que emita la Secretaría. Asimismo, celebrar Bases de Coordinación sobre Asistencia Social con el Gobierno Federal y con los Gobiernos de los estados circunvecinos. TITULO SEGUNDO Sistema de Asistencia e Integración Social Capítulo I Del Sistema de Asistencia e Integración Social

Ver texto oficial de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 2) ↗

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