- Ley
- LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno va a buscar ponerse de acuerdo con quienes venden o proporcionan los materiales y productos que se necesitan para la asistencia social, como medicinas, comida o equipos. La idea es asegurarse de que todo lo que se entregue sea de buena calidad y llegue a tiempo a quien lo necesita. Esto se hará siguiendo las reglas y leyes que se saquen para ese propósito.
Texto oficial
Artículo 24.- El Gobierno fomentará la coordinación con los proveedores de insumos para la asistencia social, a fin de garantizar su calidad y disposición oportuna, en los términos de las disposiciones que al efecto se expidan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.