Artículo 18 de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si usas servicios de asistencia o integración social (como centros de ayuda o apoyo), tienes que seguir las reglas internas de cada lugar. También debes cuidar los materiales y equipos que te presten, usándolos con responsabilidad para no dañarlos. En pocas palabras, respeta las normas del lugar y trata las cosas como si fueran tuyas.
Texto oficial
Artículo 18.- Los usuarios de los servicios de asistencia e integración social tienen la obligación de: I. Ajustarse a las reglamentaciones internas de las instituciones prestadoras de servicios, y II. Dispensar cuidado y diligencia en el uso y conservación de los materiales y equipos que se pongan a su disposición. TITULO TERCERO Coordinación y Concertación Capítulo I De los Mecanismos de la Coordinación y Concertación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.