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Ley
LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno, por medio de la Secretaría de Inclusión, va a hacer acuerdos con los estados del país y con otras dependencias federales. Esto lo hace para que todas las partes trabajen bien coordinadas en los programas de ayuda social y de integración de personas. La idea es que no se dupliquen esfuerzos y que los apoyos lleguen mejor a quien los necesita.

Texto oficial

Artículo 19.- Con la finalidad de lograr una adecuada coordinación de acciones y programas en el ámbito de la asistencia e integración social, el Gobierno celebrará a través de la Secretaría de Inclusión, convenios o acuerdos con las Entidades Federativas y Dependencias de la Administración Pública Federal.

Ver texto oficial de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 4) ↗

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