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Ley
LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno va a emitir reglas o documentos oficiales que especifiquen qué le corresponde hacer a cada Alcaldía de la Ciudad de México en temas de ayuda social y apoyo a personas en situación difícil. Esto significa que se definirá claramente qué puede y debe hacer cada Alcaldía para atender a quienes más lo necesitan. Es como poner por escrito quién se encarga de cada servicio social en las distintas zonas de la ciudad. Así, no habrá confusión sobre si una Alcaldía debe dar apoyo a adultos mayores o a personas con discapacidad, por ejemplo.

Texto oficial

Artículo 20. - El Gobierno expedirá acuerdos que definan el ámbito de competencia y las atribuciones de las Alcaldías de la Ciudad de México en materia de asistencia e integración social.

Ver texto oficial de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 4) ↗

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