Artículo 5 de la LEY DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las autoridades encargadas de la asistencia social en la Ciudad de México son tres: primero, la Secretaría de Bienestar, pero solo en lo que le toca hacer según la ley federal; segundo, el DIF Nacional, también solo en lo que le corresponde por la ley nacional; y tercero, el Gobierno de la Ciudad de México. En pocas palabras, estas son las instituciones que se encargan de ayudar a la gente que lo necesita, como con apoyos o servicios sociales, cada una en su área.
Texto oficial
Artículo 5.- Son autoridades de asistencia social en la Ciudad de México: I. La Secretaría, exclusivamente en el ámbito de competencia que le señala la Ley General; II. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, exclusivamente en el ámbito de competencia que le señala la Ley Nacional, y III. El Gobierno de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.