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Artículo 7 del REGLAMENTO DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe principal (Director General) va a contar con ayuda de varias oficinas o equipos especializados para hacer su trabajo. Esas oficinas son las que ya están mencionadas en otra parte del reglamento (artículo 6), y también puede crear o pedir otras que necesite para que todo funcione bien. Básicamente, no trabaja solo, sino que tiene un equipo de apoyo que lo respalda.

Texto oficial

Artículo 7. El Director General se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico–Operativo establecidas en el artículo 6 del presente Reglamento y de las demás que requiera para su operación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.