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Ley
LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
24 Bis

Artículo 24 Bis de la LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Evaluación de Asentamientos Humanos Irregulares es un grupo de personas que revisa casas o colonias construidas sin permiso, pero no recibe pago por hacerlo. Está formada por el Jefe Delegacional de la zona, quien la dirige, y varios funcionarios como los secretarios de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Protección Civil, además del Procurador Ambiental, el director de Aguas de la Ciudad de México y el Consejo Ciudadano de la zona. Todos estos miembros trabajan juntos para analizar y dar su opinión sobre estos asentamientos.

Texto oficial

Artículo 24 Bis.-La Comisión de Evaluación de Asentamientos Humanos Irregulares es un órgano auxiliar del desarrollo urbano, de carácter honorario, integrado por: I. El Jefe Delegacional competente por territorio, quien lo presidirá; II. El Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda; III. El Secretario del Medio Ambiente; IV. El Secretario de Protección Civil; V. El Procurador Ambiental y del Ordenamiento Territorial; VI. El Director General del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, y VII. El pleno del Consejo Ciudadano Delegacional competente por territorio.

Ver texto oficial de la LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 14) ↗

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