Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 24 de la LEY DE FOMENTO AL CINE MEXICANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se va a financiar el Fideicomiso, que es como un fondo especial de dinero. Primero, recibe una cantidad inicial que pone el Gobierno de la Ciudad de México. Además, cada año el gobierno le asigna una parte del presupuesto de la ciudad. También pueden entrar recursos de empresas privadas, organizaciones sociales o donaciones de personas o empresas. Por último, el fondo se queda con la mitad del dinero que se obtiene cada año por los permisos para filmar películas o videos en lugares de la Ciudad de México, y también guarda las ganancias que generan sus propias inversiones.

Texto oficial

Artículo 24.- El Fideicomiso administrará los recursos y se integrará con: I. La aportación inicial que el Gobierno de la Ciudad de México determine. II. Los recursos que anualmente señale el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México. III. Las aportaciones que efectúen los sectores público, privado y social. IV. Las donaciones de personas físicas o morales. V. Los productos y rendimientos que generen las inversiones del Fideicomiso. VI. El cincuenta por ciento de los recursos obtenidos anualmente por los permisos otorgados para las filmaciones realizadas en locaciones ubicadas en la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.