Artículo 23 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que en los programas educativos de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) deben enseñar y prevenir varios temas importantes. Estos son: cuidar el medio ambiente, participar como ciudadano, los peligros de las adicciones, educación sexual completa (incluyendo cómo evitar embarazos no planeados y enfermedades como el VIH), problemas emocionales y prevención del suicidio o las autolesiones. También incluye temas de salud como el sedentarismo, el sobrepeso, la obesidad y trastornos alimenticios como la bulimia o la anorexia, además de violencia escolar y cómo tratarla con perspectiva de género. Todo esto debe ser explicado por personal especializado, como doctores o psicólogos.
Texto oficial
Artículo 23.- En los programas educativos que sean competencia del Distrito Federal se deberá enfatizar la información y prevención, por parte de personal especializado que corresponda, referente al medio ambiente, la participación ciudadana, las adicciones, la educación integral en sexualidad, la prevención del embarazo no planeado, el VIH-SIDA entre otras infecciones de transmisión sexual, los problemas psico-sociales, prevención del suicidio y la autolesión, el sedentarismo, el sobrepeso, la violencia escolar, la obesidad y los trastornos de conducta alimentaria como la bulimia o la anorexia, así como en materia de violencia y perspectiva de género.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.