Artículo 21 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las alcaldías, que son como las presidencias municipales de la Ciudad de México, tienen que crear sus propios programas para cuidar la seguridad de la gente y resolver problemas cotidianos, como pleitos vecinales o faltas menores. Pero esos programas deben estar alineados con lo que diga el Gobierno de la ciudad, es decir, no pueden hacer lo que se les ocurra por su cuenta. Tienen que trabajar en equipo con el Gobierno para que todo esté bien organizado y funcione parejo.
Texto oficial
Artículo 21. Las alcaldías establecerán mecanismos de seguridad ciudadana y justicia cívica acorde a sus necesidades, mismo que deberán coordinarse con los instrumentos que al efecto establezca el Gobierno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.