Artículo 21 del REGLAMENTO DE OPERACIÓN PARA ESPACIOS DEPORTIVOS DE LA ALCALDÍA ÁLVARO OBREGÓN
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si tú o tu equipo hacen algo prohibido en las instalaciones deportivas (como un gimnasio, una cancha o un estadio), les pueden aplicar un castigo. La sanción consiste en que te prohíben usar esos espacios por un tiempo o para siempre, dependiendo de qué tan grave fue lo que hiciste.
Texto oficial
Artículo 21.- A los deportistas o asociaciones que desempeñen actividades prohibidas dentro de los espacios deportivos, se les sancionará impidiendo temporal o permanentemente, según sea el caso, el uso de los espacios deportivos. CAPÍTULO VII CONVENIOS
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