Artículo 15 de la LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica quiénes forman parte de ciertos comités. El presidente del comité será la persona que encabeza la Alcaldía. Habrá un vicepresidente elegido por un Secretario, y un Secretario Técnico elegido por el propio jefe de la Alcaldía. También participa el Concejal encargado del tema que toca el comité. Por último, se invita a representantes de diferentes grupos como empresas, organizaciones ambientales, universidades, bancos y dependencias del gobierno, según lo que proponga el presidente.
Texto oficial
Artículo 15.- Los Comités se integran de la siguiente manera: I. La persona titular de la Alcaldía, como presidente; II. Un Vicepresidente o Vicepresidenta, con nivel de dirección u homólogo, designado por la persona Titular de la Secretaría; III. Un Secretario Técnico, designado por la Persona Titular de la Alcaldía; IV. La persona Concejal de la Alcaldía titular de la comisión dedicada a la materia, y V. Un representante de cada una de las organizaciones productivas; del medio ambiente; del sector privado y social; de la banca de desarrollo y comercial e intermediarios financieros no bancarios; de instituciones de investigación, así como representantes de educación técnica, media y superior, públicas y/o privadas; de Dependencias y Entidades del Gobierno Federal y otros sectores que sean propuestos por el Presidente del Comité. TÍTU LO T E R C E R O DE L OS I NST RUM ENT OS Y EST Í M UL OS PARA L A PROM OCI ÓN Y FO M EN TO PARA EL DE SARRO LLO ECO N Ó M I CO CAPÍ TULO ÚNI CO DE L OS I NST RUM ENT OS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.