Artículo 2 de la LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley busca que la Ciudad de México tenga más desarrollo económico, creando empleos nuevos y mejorando los que ya existen. También quiere que lleguen más inversiones (dinero de empresas nacionales y extranjeras), apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (negocios chicos), y que haya mejores condiciones para trabajar y hacer negocios. Además, promueve que el gobierno, las empresas y la sociedad trabajen juntos, cuidando el medio ambiente y la ciudad. Por último, obliga a que se publique información económica clara y confiable para que todos puedan tomar mejores decisiones.
Texto oficial
Artículo 2.- La presente Ley tiene los siguientes objetivos: I. Fomentar y promover el desarrollo económico en la Ciudad de México de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, de los programas que de ella se desprendan y demás ordenamientos aplicables; II. Fomentar la generación de nuevas fuentes de empleo y consolidar las existentes; sobre todo de aquellos sectores que propicien en mayor medida el desarrollo de capital humano, la innovación, investigación, el desarrollo y la transferencia del conocimiento y las tecnologías; así como los de mayor impacto en la modernización y competitividad logística de la Ciudad; III. Fomentar la inversión productiva, la mejora regulatoria y la competitividad generando un entorno favorable para las actividades económicas de la Ciudad de México; IV. Coadyuvar en el fortalecimiento de la infraestructura logística, comercial, industrial y de servicios existente en la Ciudad de México; V. Contribuir al desarrollo económico de la Ciudad de México en congruencia con los ordenamientos de protección al ambiente, desarrollo urbano, desarrollo inmobiliario y protección civil; VI. Atraer inversión directa, nacional y extranjera, a la Ciudad de México; VII. Fomentar la modernización y el dinamismo de las actividades económicas; VIII. Fomentar de manera prioritaria la creación, el crecimiento y desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresas; IX. Promover la acción conjunta de los sectores público, privado y social en el desarrollo económico; X. Fomentar la competitividad, modernización y eficiencia de los agentes económicos, por medio de un desarrollo tecnológico propio, vinculado a los centros de producción tecnológica; XI. Estimular la competitividad y los servicios sociales e impulsar programas sociales para generar trabajadores altamente productivos y competitivos, procurando fomentar empleos estables, bien remunerados, en igualdad de condiciones para hombres y mujeres, orientados hacia los sectores vulnerables de la sociedad y proporcionándoles seguridad social; XII. Apoyar la asociación tecnológica y la colaboración entre agentes económicos, centros universitarios y de innovación tecnológica, particularmente en áreas estratégicas del desarrollo económico de la Ciudad de México; XIII. Diseñar e instrumentar las políticas públicas para incrementar e impulsar la infraestructura industrial, inmobiliaria, turística, ambiental, comercial y de servicios en la Ciudad de México; XIV. Promover, en coordinación con las dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia, los programas en materia de aprovechamiento territorial que aumenten el valor del patrimonio inmobiliario de la Ciudad de México, para fomentar el desarrollo económico; XV. Convertir en obligación de la Secretaría la producción de información económica, oportuna y confiable que coadyuve en la toma de decisiones de los distintos agentes económicos; y fomentar de manera prioritaria el desarrollo de las industrias creativas como entidades generadoras de empleo, riqueza y cultura, siempre que estas cumplan previamente con la normatividad aplicable en materia de establecimientos mercantiles; XVI. Establecer los mecanismos que fortalezcan y estrechen los vínculos jurídicos, administrativos y de cooperación entre el Gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías; XVII. Promover, a través de programas y esquemas especiales, la continua y progresiva formalización de la actividad económica en la Ciudad de México; XVIII. Promover una cultura de la empresa, como organización fundamental de la actividad económica que debe ser protegida y potenciada por las disposiciones de esta Ley; XIX. Promover la cultura del emprendimiento, a través de acciones institucionales para favorecer la apertura del mercado para la promoción y comercialización de productos, bienes y servicios en la Ciudad de México. Así como generar las oportunidades de negocio para los emprendedores y micro empresarios; Fracción modificada y publicada en la GOCDMX el 15 de junio de 2023 XX. Promover el desarrollo de proyectos estratégicos para la Ciudad de México, a través del apoyo gubernamental que permita reducir los costos de la actividad económica; XXI. Generar información económica, oportuna y confiable que coadyuve en la toma de decisiones de los distintos agentes económicos; XXII. Impulsar la constitución y funcionamiento de cooperativas de las personas trabajadoras y otras formas de organización; XXIII. Coadyuvar en el fortalecimiento de la infraestructura logística, comercial, industrial y de servicios existente en la entidad, y XXIV. Estimular el comercio exterior con especial énfasis en el desarrollo de programas estratégicos que impulsen el desarrollo y promoción de la oferta exportable, así como el fortalecimiento de cadenas productivas, el desarrollo de proveedores y la captación de divisas; y XXV. Impulsar la promoción de la economía social y solidaria como una forma de producción, consumo y distribución de riqueza, centrada en la valorización del ser humano, contribuyendo al desarrollo socioeconómico de la ciudad, a la generación de fuentes de trabajo digno, a la equitativa distribución del ingreso y al fortalecimiento de la economía familiar
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.